Resolución de Presidencia N° 46/2021
Se suspende la atención en organismos que integran el Ministerio Público de la Defensa entre los días 28 de octubre y 2 de noviembre de 2021.
Leer másSe suspende la atención en organismos que integran el Ministerio Público de la Defensa entre los días 28 de octubre y 2 de noviembre de 2021.
Leer másSe suspenden los plazos judiciales de las causas tramitadas ante el Primer Juzgado Penal de la Niñez y Adolescencia durante los días 21 y 22 de octubre del año 2021.
Leer másLa Sala Tercera de Superintendencia de la Corte de Justicia, integrada por el Dr. Daniel Olivares Yapur (Presidente), el Sr. Ministro Dr. Juan José Victoria y la Sra. Ministra Dra. Adriana García Nieto, a través del Acuerdo de Superintendencia N.º 168, acordó adelantar el Feriado Judicial para el día 15 de noviembre de 2021 por conmemorarse el Día del Empleado Judicial.
Leer másACORDARON:
1) Modificar el ARTÍCULO N° 24 del Pliego Gral. de Bases y Condiciones aprobado por Acuerdo neral N° 140/21, el que quedará redactado de la siguiente manera: ADJUDICACI+ON ARTÍCULO 24°- La adjudicación se hará por renglón o por el total, según convenga, como consecuencia de la comparación de las ofertas admitidas. El acto de adjudicación será notificado a todos los oferentes en el domicilio legal postal o domicilio electrónico constituido a los fines de la presente contratación, debiendo los adjudicatarios dentro de los ocho (8) días hábiles de notificada la adjudicación integrar la garantía especificada en el Art 18 del presente pliego.»
2) Modificar el ARTICULO 31° del Pliego General de Bases y Condiciones aprobado por Acuerdo General N° 140/21, el que quedará redactado de la siguiente forma: «LUGAR, FORMA Y PLAZO DE ENTREGA: ARTICULO 310 – Recibida por el oferente la notificación de la adjudicación en el domicilio legal postal o domicilio electrónico constituido, procederá a entregar, la mercadería, con el remito por duplicado. La Comisión de Recepción conformará la entrega.»
3) Modificar el ARTICULO 33° del Pliego de Bases y Condiciones Generales, el que quedará redactado de la siguiente forma: «ARTICULO 33° – La totalidad de las mercaderías adquiridas deberá ser entregada en la Oficina de Suministros del Poder Judicial de San Juan, dentro de los veinte (20) días corridos de notificada la adjudicación; la mora será automática una vez vencido el término fijado, sin necesidad de ninguna intimación, salvo que el Pliego de Condiciones Particulares o de Especificaciones Técnicas, establezca otro plazo y/o lugar de entrega.»
4) Reformar en Declaración Jurada que forma parte del Pliego General de Bases y Condiciones y figura como Anexo II del Acuerdo General N° 140/21, el siguiente punto que quedará redactado como sigue a continuación: «b) Domicilio Especial y fuero: En cumplimiento de lo dispuesto en el Pliego de Bases y Condiciones Generales y en carácter de declaración jurada, el oferente, constituye domicilio especial para el cumplimiento de las obligaciones y ejercicio de los derechos emanados del presente en …………………………del Gran San Juan y domicilio electrónico o correo electrónico ……………………………………….sometiendo a los tribunales ordinarios de la Provincia de San Juan, por cualquier cuestión judicial o extrajudicial, renunciando expresamente a cualquier otro fuero o jurisdicción. Todas las notificaciones inherentes a la presente contratación podrán efectuarse indistintamente al domicilio legal postal o electrónico constituido».
5) Agregar en el ARTICULO N° loo in fine del Pliego General de Bases y Condiciones, Anexo I del Acuerdo General N° 140/21 un párrafo que textualmente diga: «Todos los errores u omisiones que cometan los proponentes y que no estén expresamente citados en este artículo como causal de rechazo automático por parte de la Mesa de Recepción y Apertura
de Propuestas, podrá ser subsanado en un lapso de 48 horas hábiles contadas desde la hora de Apertura fijada, presentando la documentación o subsanando el error, por Mesa de Entradas de la Dirección Gral. Financiera Contable del Poder Judicial». –
6) El Pliego de Bases y Condiciones Generales – Anexo I y Ia Declaración Jurada – Anexo Il modificados por el presente, forma parte de este Acuerdo.
7) Este Acuerdo General entrará en vigencia a partir del día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.
8) Por Secretaría Administrativa de la Corte de Justicia publíquese por un (1) día en el Boletín Oficial de la Provincia (cfr. Artículo 122° de la Ley N° 358 E).
Autoriza a los señores magistrados con competencia en causas de violencia intrafamiliar y de género, para que dispongan el abordaje integral, multidisciplinario e interinstitucional, de personas que ejercen violencia, con la asistencia de los organismos públicos y privados que tengan incumbencia y competencia en la materia.
2- Crea el Registro de Organismos de Asistencia en materia de Violencia lntrafamiliar y de Género, en el ámbito de las Secretaría Administrativa de la Corte de Justicia de San Juan.
3- Dispone que los órganos públicos y privados en condiciones de brindar la asistencia prevista en el artículo primero, deberán inscribirse en el registro creado a tal efecto, acompañando los instrumentos que acrediten conforme a
normas vigentes, su inscripción y habilitación para funcionar, así como también la
especialización y compe1cia para el tratamiento de la problemática de violencia.
Seminario-taller, de carácter obligatorio, a cargo del Dr. Gilberto Riveros. Destinado a operadores de las Oficinas Judiciales del Fuero Civil, Laboral y Familia.
Leer más1- Dispone que en el procedimiento recursivo vinculado a causas regidas por la LP N° 988-O y N° 337-O, que se promueva a partir del 1 de octubre de 2021 ante la Corte de Justicia, rija e implemente el sistema de notificaciones electrónicas instituido mediante los Acuerdos Generales N° 72/2017, N° 96/2017, N° 6/2018, N° 32/2018, y concordantes, con igual alcance y eficacia jurídica.
Leer másFija el listado de plazos mínimos de retención para los Archivos del Poder Judicial,
Leer másDispone que la Mediación Judicial Previa Obligatoria sea de aplicación a la materia y procesos de competencia de los Juzgados de Familia.
Leer másDispone la entrada en vigencia, a partir del 1 de noviembre del 2021, del procedimiento de Mediación Judicial Previa Obligatoria para las controversias que sean competencia de los tribunales de Familia.
Leer másCrea en el ámbito del Poder Judicial de San Juan el Registro de Mediadores Judiciales, el cual quedará bajo la órbita de competencia de la Sala III de la Corte de Justicia.
Leer másAprobación de Protocolos de implementación de la Mediación Judicial Previa Obligatoria reglamentario de la LP 1990-O y del Protocolo de Audiencias por Medios Tecnológicos
Leer másSe informan, a través de la Oficina de Notificaciones y Mandatos Judiciales, los horarios de recepción de cédulas y mandamientos judiciales.
Leer másDisposición sobre la actividad en el Juzgado de Paz Letrado del Departamento de San Martín. A...
Leer másSe determinó el funcionamiento del servicio de justicia a partir del 1 de agosto, regulando la jornada laboral, atención a profesionales y al público, y el funcionamiento de la Mesa de Entrada Virtual, entre otros puntos.
Leer másDispone que los agentes judiciales facultados a actuar como Oficiales de Justicia, con desempeño en los Juzgados de Paz Letrados con asiento en los Departamentos de la Provincia, salvo Capital, Rivadavia, Rawson, Chimbas y Santa Lucía, asuman el diligenciamiento de todas las medidas judiciales que se ordenen para ser diligenciadas dentro del ámbito de la respectiva jurisdicción territorial, cualquiera sea el organismo jurisdiccional que la ordene.
Leer másLa Corte de Justicia de San Juan, a través de la Sala Tercera de Superintendencia, acordó el lapso en el que tendrá lugar la Feria Judicial para julio 2021
Leer más1- Autoriza el uso de medios tecnológicos para la realización del acto de apertura de sobres en Licitaciones Públicas, Licitaciones Privadas, Concursos de Precios y Cotejos de Precios.
2.-Autoriza la entrega en formato digital de los Pliegos y/o documentación a interesados en participar en procesos de contratación organizados por el Poder Judicial, a través de la página web del Poder judicial o por medios electrónico que pueda disponer la Dirección Financiero Contable.
Se dispone para el día 25 de junio de 2021, la suspensión de toda actividad judicial en el departamento Jáchal, en adhesión al decreto municipal que dispone asueto por el 270 Aniversario de la Fundación de la Ciudad de San José de Jáchal.
Leer másSe acordó conformar la Comisión de Reforma de la Ley N° 59-O-, quedando integrada por los Ministros de la Corte de Justicia de San Juan y funcionarios que se asignen a tal efecto.
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