Acuerdo de Superintendencia N° 23.2024
AÇOFDARON:
1- El Tribunal de Impugnación se dividirá en tres salas integradas cada una por tres jueces, las que se denominarán Sala A, Sala B y Sala C, y estarán integradas por ala A: Dra. Silvina Rosso, Dr. Martin Heredia Zaldo y Dr. Maximiliano Blejman,; Sala B: Dr Benedicto Correa, Renato Roca y Juan Carlos Caballero Vidal. Asimismo, la Sala C, estará integrada por la Dra Ana Lia Larrea, Dr. Daniel Guillen y el tercer miembro será cubierto entre los restantes jueces del Tribunal, hasta tanto se designe al noveno juez del Tribunal de impugnación.
2- A tal se dberá tener en cuenta la distribución de causas que se indicará a continuación:
a) En primer lugar, se realizará el sorteo correspondiente a fin de determinar la Sala que intervendrá en la resolución del recurso, luego dentro de la Sala sorteada se asignará a un juez como preopinante o quien votará en primer término, para posteriormente pasar el expediente al resto de los jueces.
b) A fin de garantizar una equitativa distribución de los recursos entre los miembros de la $ala actuante, se deberá ir cambiando el preopinante en cada recurso que ingrese. De esta manera cada juez integrante de las diferentes salas deberá tener misma cantidad de recursos asignados como preopinante.
c) Se deberá llevar la correspondiente anotación de la asignación de cada recurso entre las diferentes salas y dentro de estas entre los diferentes jueces de acuerdo hayan votado en primer, segundo o tercer término. De esta manera se deberá lograr un equitativa y justa división de tareas, cuyo objetivo es que cada juez tenga la misma cantidad de causas asignadas como preopinante.
3- Dejar sin efecto toda otra disposición que se oponga a la presente.