La Corte de Justicia informa los turnos de trabajo de todos los organismos que están bajo su dependencia. Así también lo hizo el Ministerio Público.

La Corte de Justicia, integrada por el Dr. Guillermo Horacio De Sanctis (Presidente), Dr. Ángel Humberto Medina Palá y Dra. Adriana García Nieto, fijó los turnos de trabajo para el Receso Invernal que transcurre del 10 al 24 de julio de 2019, mediante el Acuerdo de Superintendencia Nº 42. Del igual manera lo dispuso el Fiscal General de la Corte, Dr. Eduardo Quattropani para el Ministerio Público, en la Resolución Nº 3727.

La Corte de Justicia acordó que durante la Feria Judicial de invierno “no correrán los términos judiciales, debiendo ser atendidos los asuntos urgentes por los Magistrados, Funcionarios y Empleados que seguidamente se indican. No obstante ello y existiendo trabajos internos atrasados, así como un número considerable de causas a sentencias, se torna necesario recordar a los Señores Magistrados, y Funcionarios de ambas circunscripciones y de todos los fueros la vigencia de la clara disposición del art. 103 de la Ley Orgánica de Tribunales Nº 358-E (Nro. 5854, Acuerdo General 92/18) y a su vez ejerzan la facultad que estas normas les confieren respecto del personal”.

Asimismo, en el último apartado del Acuerdo de Superintendencia Nº 42, la Corte de Justicia señala que durante este período “los Señores Jueces estudiarán las causas en que estuviere vencido el término para dictar sentencia y convocarán a sus empleados si fuera necesario poner al día trabajos internos atrasados. A los fines de apreciar el cumplimiento del propósito de la Ley, los Señores Jueces de Primera Instancia y de las Cámaras de todos los fueros, elevarán un informe el último día hábil anterior a la fecha de iniciación de la Feria, detallando las causas en que estuviere vencido el término para dictar sentencia, y concluido el término, un nuevo informe de las causas que hubieren resuelto”.

A continuación, se adjunta la Acordada Nº 42 de la Corte de Justicia:

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En cuanto al Ministerio Público, los miembros del organismo deberán asistir durante dicho lapso para continuar con el estudio de las causas y el ordenamiento de su despacho. Se aclara que “en cumplimiento de las distintas resoluciones emanadas de esta Fiscalía General de la Corte, la totalidad de los miembros deberán remitir, a esta Fiscalía General, un informe previo donde se certifique las causas en las que estuviere vencido el término para expedirse o que reconozcan radicación en sus despachos y, concluido el receso judicial, un nuevo informe de las causas en las que se hubiese producido la respectiva actuación”.

De igual modo, se incluye a continuación la Resolución Nº 3727 del Ministerio Público:

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Dirección de Comunicación Institucional (DIRCOM)
(Comunicado de Prensa: 701 03072019)