Los tiempos de tramitación de una causa en los Juzgados Laborales se redujeron a más de la mitad.

La gestión de los Juzgados Laborales, a través de la incorporación de la Oficina Judicial y del sistema de procesos por audiencias con Gestión Oral de la Prueba, se ha optimizado hasta llegar a resolverse los procesos en menos de la mitad de los años que tardaban en el sistema escrito.

Así lo demuestran las estadísticas presentadas por las Oficinas Judiciales Laborales Nº 1 y Nº 2 del fuero Laboral, que efectuaron una medición de la duración de los procesos judiciales en los Juzgados Laborales de Primera, Segunda, Tercera, Cuarta, Quinta y Sexta nominación, que trabajan de forma asociada. Se tomó como muestra las sentencias recaídas en Primera Instancia desde el 1 de enero de 2020 al 16 de abril del 2021, período marcado por la irrupción de la pandemia por el virus COVID-19.

Los números evidenciaron que las causas en los juzgados laborales solían demorar 980 días hábiles promedio de resolución mediante el sistema escrito y, a partir de la incorporación de la oralidad en el fuero Laboral, la duración se redujo considerablemente en esa instancia al número de 365 días hábiles. En otros términos, los procesos anteriores a marzo del 2019 que duraban más de cuatro años y medio en llegar a una sentencia de primera instancia, actualmente presentan un promedio de resolución de un año y medio. Es decir, se optimizaron los tiempos procesales en más de un 60 %.

Cabe destacar que la Corte de Justicia dispuso, a partir del Acuerdo General Nº 35/2019, que a las causas que ingresaran a los juzgados Civiles, Laborales, y juzgados especiales en lo Contencioso-Administrativo y Comercial-Especial, les fuera aplicable el Protocolo y Programa de Gestión Oral de la Prueba. En este sentido, los magistrados quedaron facultados para implementar la oralidad desde la celebración de la primera audiencia de un proceso mediante sistema de videograbación.

Los resultados motivaron la reforma de los Códigos Procesales Civil y Laboral a instancias de una iniciativa legislativa presentada por la Corte de Justicia, quedando incorporado el sistema de procesos por audiencias y gestión oral mediante las Leyes 1991-O y 1992-O.

A ello se le suma que la Corte de Justicia implementó el sistema de Oficina Judicial para garantizar un trabajo administrativo y jurisdiccional más eficaz. Mediante el Acuerdo General N° 197/2019, el 20 de noviembre de ese año se dispuso que los juzgados del fuero Laboral de Primera, Segunda y Quinta nominación actuaran en forma asociada, y que los juzgados de Tercera, Cuarta y Sexta nominación lo hicieran de igual forma, cada uno con su Oficina Judicial. La aplicación de este nuevo modelo de estructura judicial, que implica una gestión diferenciada pero coordinada de la actividad administrativa y jurisdiccional, significó otra innovación que contribuyó en la agilidad procesal del fuero Laboral y del servicio de justicia.

Dirección de Comunicación Institucional del Poder Judicial de San Juan (DIRCOM)
(Comunicado de Prensa: 1473 29042021)