Lo resolvió la Corte de Justicia a través de los Acuerdos Generales N° 31/2023 y N° 52/2023.

La Corte de Justicia de San Juan, integrada por su Presidente, Dr. Guillermo Horacio De Sanctis, junto al Ministro Dr. Marcelo Jorge Lima; la Ministra, Dra. Adriana García Nieto; y los Ministros, Dr. Daniel Olivares Yapur y Dr. Juan José Victoria; con la asistencia del Fiscal General, Dr. Eduardo Quattropani; precisó a través del Acuerdo General N° 31/2023 y Acuerdo General N° 52/2023 competencias en el fuero de Paz en los procesos sucesorios y de interdictos posesorios.

Mediante el Acuerdo General Nº 31/2023, acordó “mantener la redistribución de competencias con asignación y sustracción de la misma en materia de procesos sucesorios previsto en el Acuerdo General N° 149/2022”.

También, a través del Acuerdo General N° 52/2023, la Corte de Justicia acordó “sustraer la competencia prevista en la LP N° 2415-P (art. 5 – inc 15°) para Gestión Asociada y Oficina Judicial del fuero Civil de la Primera Circunscripción en materia de procesos de interdictos posesorios y asignarla al Juez de Paz Letrado del Gran San Juan de la nominación donde se encuentre el bien”.

Dirección de Comunicación Institucional del Poder Judicial de San Juan (DIRCOM)
(Comunicado de Prensa: 2209 22052023)