Este jueves, el sistema del Procedimiento Especial de Flagrancia juzgó a 17 nuevas personas; 15 recibieron condena condicional y dos condena efectiva.

El sistema del Procedimiento Especial de Flagrancia ya condenó a 256 personas por violación del artículo 205 del Código Penal: “Será reprimido con prisión de seis meses a dos años, el que violare las medidas adoptadas por las autoridades competentes, para impedir la introducción o propagación de una epidemia”.

Durante la jornada de jueves 16 de abril, personal de Flagrancia realizó 11 audiencias, condenando a 17 personas: 13 personas fueron juzgadas exclusivamente por la violación del artículo 205 del CP y 4 por cometer otros tipos de delitos contemplados en el Procedimiento de Flagrancia, en concurso con el artículo 205 del Código Penal.

Entre las audiencias que se ejecutaron, 3 fueron contra empresarios de la provincia: dos personas recibieron condena en suspenso y otra pasó a la instancia de juicio.

Desde el 25 de marzo de 2020 hasta este jueves 16 de abril, se concretaron 186 audiencias con un total de 256 personas condenadas.

 

CONDENARON A ISAÍAS BRANT POR VIOLAR LA CUARENTENA

Le aplicaron la pena de 8 meses de prisión condicional, 10.000 pesos de costas del juicio y 40.000 en elementos sanitarios.

El condenado Isaías Brant y el defensor oficial Alejandro Martín García

Este jueves, el juez Federico Rodríguez, del Procedimiento Especial de Flagrancia, homologó la condena de 8 meses de prisión condicional hacia el empresario Isaías Brant por el delito de violación del Artículo 205 del Código Penal: “Será reprimido con prisión de seis meses a dos años, el que violare las medidas adoptadas por las autoridades competentes, para impedir la introducción o propagación de una epidemia”. Y por violación del Artículo 239 del CP: “Será reprimido con prisión de quince días a un año, el que resistiere o desobedeciere a un funcionario público en el ejercicio legítimo de sus funciones o a la persona que le prestare asistencia a requerimiento de aquél o en virtud de una obligación legal”, en concurso ideal.
El Ministerio Público Fiscal estuvo representado por el fiscal Adrián Riveros y la defensa a cargo del defensor oficial Alejandro Martín García, quienes acordaron la pena para Brant. También acordaron que Brant realice el pago de 10.000 pesos por las costas del proceso del juicio y el pago de 40.000 pesos en concepto de donación destinados a elementos sanitarios del Hospital Rawson.
En un juicio abreviado, el juez Rodríguez homologó el acuerdo entre el Ministerio Público y la defensa condenando a Brant con 8 meses de prisión condicional.

 

CONDENARON A JORGE ZUKERMAN POR VIOLAR LA CUARENTENA

Recibió la pena de 8 meses de prisión condicional, el pago de 50.000 pesos de costas del juicio y realizar tareas comunitarias.

El condenado Jorge Zikerman y el defensor oficial Lisandro Zapata.

El juez Ricardo Grossi del Procedimiento Especial de Flagrancia, resolvió la situación procesal de Zukerman y lo condenó a 8 meses de prisión condicional al homologar el acuerdo del fiscal y del defensor oficial por el delito de violación del artículo 205 del Código Penal: “Será reprimido con prisión de seis meses a dos años, el que violare las medidas adoptadas por las autoridades competentes, para impedir la introducción o propagación de una epidemia”. Y por infringir el artículo 239 del CP que establece: “Será reprimido con prisión de quince días a un año, el que resistiere o desobedeciere a un funcionario público en el ejercicio legítimo de sus funciones o a la persona que le prestare asistencia a requerimiento de aquél o en virtud de una obligación legal”.
El fiscal Iván Grassi estuvo en representación del Ministerio Público Fiscal y Daniel Zapata fue el defensor oficial, quienes acordaron la pena de prisión condicional para Zukerman. Además, acordaron el pago de 50.000 pesos por los costos del procedimiento y que realice trabajos comunitarios en la municipalidad de Rawson durante dos meses, una vez a la semana y 3 horas por día. Posteriormente, el juez Grossi homologó el acuerdo.

 

PRISIÓN PREVENTIVA HASTA EL JUICIO PARA SERGIO VALLEJOS

La solicitó el Ministerio Público Fiscal al no llegar a un acuerdo con la defensa.

El imputado Sergio Vallejo y los defensores privados Emiliano y Martín Turcumán.

Este jueves, bajo el Procedimiento Especial de Flagrancia, se realizó la audiencia de presentación para resolver la situación del empresario Sergio Vallejo por el delito de violación del Artículo 205 del Código Penal: “Será reprimido con prisión de seis meses a dos años, el que violare las medidas adoptadas por las autoridades competentes, para impedir la introducción o propagación de una epidemia”. Y por violación del Artículo 239 del CP: “Será reprimido con prisión de quince días a un año, el que resistiere o desobedeciere a un funcionario público en el ejercicio legítimo de sus funciones o a la persona que le prestare asistencia a requerimiento de aquél o en virtud de una obligación legal”.
El Ministerio Público Fiscal estuvo representado por el fiscal Ignacio Achem y la defensa a cargo de los defensores privados Emiliano Turcumán y Martín Turcumán, quienes no llegaron a un acuerdo y por eso la audiencia pasó a la instancia de juicio (o finalización) para el día viernes 24 de abril a las 8.30 horas.
El fiscal Achem solicitó la prisión preventiva en su domicilio particular para Sergio Vallejo. El juez Raed ratificó el pedido y Vallejo deberá esperar la instancia de juicio en su domicilio.

 

Audiencias Feria Extraordinaria Judicial al 16 de abril de 2020:

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(Comunicado de Prensa: 1021 1642020)