Autor: analiaperez

Acuerdo de Superintendencia N°62.2022

Rectifica el Acuerdo de Superintendencia N° 58/22 del corriente año, únicamente en los apartados correspondientes a los turnos de los Jueces del Sistema Procesal de Flagrancia y en el del orden en la atención de la Unidad Conclusiva, debiéndose leer como sigue:
—JUECES DEL SISTEMA PROCESAL DE FLAGRANCIA: Del once al quince de julio inclusive, a cargo del Dr. EDUARDO OSCAR RAED; del once al diecisiete de julio inclusive a cargo del Dr. CARLOS A. UMA y del dieciocho al veinticinco de julio inclusive, el Dr. RICARDO E. MOINE y Dr. RICARDO GROSSI GRAFFIGNA.
—UNIDAD CONCLUSIVA: Del once a diecisiete de julio inclusive, a cargo del Dr. CARLOS O. GUEGLIO y del dieciocho aI veinticinco de julio inclusive a cargo del Dr. FEDERICO J. OZOLLO.

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Resolución de Presidencia N°81.2022

Resuelve adherir al XXIX Encuentro Nacional organizado por la Asociación de Mujerés Jueces de Argentina (AMJA) a realizarse los días 18 y 19 de agosto en la Ciudad de la Plata, Provincia de Buenos Aires y declarar la actividad de Interés del Poder Judicial de San Juan.

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Acuerdo General N° 28/2020

1) Conceder una licencia extraordinaria con goce de haberes por el término de catorce (14) días a los empleados que se encuentren en la situación descripta en los considerandos.
2) Recomendar a aquellos empleados que gocen de la licencia extraordinaria descripta en el artículo anterior que permanezcan en sus hogares como medida de prevención.
3) Establecer que el personal que haya ingresado al país procedente de países o zonas de circulación y transmisión del virus (COVID-19) con C’ anterioridad a la presente, se le concederá una licencia extraordinaria hasta completar el plazo de catorce (14) días.
4) Disponer que los empleados que se encuentren en la situación descripta, deben comunicar vía mail y/o telefónicamente al Departamento de Personal dicha circunstancia para el otorgamiento de la licencia extraordinaria.
5) Disponer que al momento de la reincorporación al trabajo, se deberá acreditar con pasaporte, pasajes u otra documentación que estuvo de viaje en algún país o zona establecida como de circulación y transmisión del virus denominado coronavirus (COVID-19) y pasar por el consultorio médico laboral para control y registro.

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Acuerdo General N° 104

1. Aprobar el Protocolo de Actuación del Dispositivo Psico Socio Educativo para Hombres que ejercen violencia por motivos de género, objeto del Convenio Marco suscripto en fecha 21 de octubre de 2021 entre la Corte de Justicia y el Ministerio de Desarrollo Humano del Gobierno de San Juan, que en Anexo integra el presente instrumento.
2- Disponer que los órganos judiciales de los distintos Fueros que tienen competencia e intervención en casos de violencia de género donde se encuentre acreditada la actuación violenta de un hombre ispo gan por resolución judicial la derivación al Dispositivo de Abordaje a los nes de s tratamiento, si correspondiere

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Acuerdo de Superintendencia N° 58

Fija el lapso entre el once al veinticinco de julio inclusive del año dos mil veintidós, para que tenga lugar la Feria Judicial instituida en el artículo 110 de la Ley Orgánica de Tribunales N.° 2352 – O, durante el cual no correrán los términos judiciales, debiendo ser atendidos los asuntos urgentes por los Magistrados, Funcionarios y Empleados que seguidamente se indican. No obstante ello se torna necesario recordar a los Señores Magistrados y Funcionarios de ambas circunscripciones y de todos los fueros, la vigencia de la clara disposición del art. 118 de la Ley Orgánica de Tribunales N.° 2352 – O, el Acuerdo General 92/18 y a su vez ejerzan la faculta,stas normas les confieren respecto del personal.
DÍAS Y HORARIOS: Los órganos de turno, judiciales y administrativos, funcionarán todos los días hábiles de la semana en el siguiente horario: de ocho treinta a doce treinta horas (8.30 a 12.30 horas)

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Resolución de Presidencia N° 80.2022

1 – Declara de interés del Poder Judicial de la Provincia de San Juan la JORNADA DE CAPACITACIÓN E INTERCAMBIO DE SABERES EN DISPOSITIVOS DUALES DE SUPERVISIÓN, MONITOREO Y RASTREO DE AGRESORES Y VÍCTIMAS DE VIOLENCIA DE GÉNERO, bajo la modalidad presencial.
2 – Con especial interes invitar a magistrados y funcionarios con competencia en la materia a participar de la mencionada jornada

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Acuerdo de Superintendencia N° 48.2022

Adhiere institucionalmente al Seminario Internacional «Distorsión, negación y banalización del holocausto y otros genocidios. De la memoria reciente y su utilización en discursos de odio: Recomendaciones y estrategias para contrarrestarlos», organizado por la Cámara de Diputados de San Juan a realizarse el día 9 de junio de del Poder Legislativo.

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Resolución de Presidencia N° 78.2022

RESUELVE:
1- Disponer la asistencia obligatoria de la magistratura de primera y segunda Instancia con competencia en procesos Civiles, Laborales, Comercial Especial y Contencioso Administrativo a la Jornada de Oralidad en procesos Civiles y Laborales organizada por la Corte de Justicia a través de la Escuela Judicial, a desarrollarse el día 10 de junio de 2022.

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Resolución de Presidencia N° 77.2022

RESUELVE:
1) Que las Evaluaciones de Desempeño se realicen a partir del día 06 de Junio, hasta el día 22 de junio, inclusive, del año en curso. A tal fin, lije el Acuerdo General N° 89/20.
2) Que el personal de los Juzgados cuyo titular se encuentre comprendido en los supuestos previstos en el art. 2° del Acuerdo General N° 89/20, sean evaluados por los Señores Jueces subrogantes asignados en el periodo de evaluación.
3) Que todo el personal, incluyendo el profesional, que compone el Complejo Científico, Forense y de Criminalística sea evaluado por su Director, con la asistencia de los Responsables Técnicos de cada área que lo componen.
4) Que el personal del Minigabinete técnico de los Juzgados de Familia, sea evaluado por su Administrador, con la asistencia de las Sras. Coordinadoras de cada Minigabinete.
5) Disponer que los Administradores de las distintas Oficinas Judiciales que existen, sean evaluados Por la Sra. Coordinadora de Administradores, Dra. Raquel Sanchez.
6) Que los Coordinadores del Cuerpo de Veedores Judiciales evalúen al personal a su cargo.

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Resolución de Presidencia N° 76.2022

RESUELVE:
1. Co-organizar las «Jornadas Preparatorias del XXXI Congreso Nacional de Derecho Procesal» a realizarse el 30 de Junio del presente año.
2. Declarar de Interés del Poder Judicial de la Provincia de San Juan a las «Jornadas Preparatorias del XXXI Congreso Nacional de Derecho Procesal».

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Resolución de Presidencia N° 72.2022

RESUELVE:
1. Co-organizar la «Capacitación en Ciberseguridad» con el Foro de Abogados de la Provincia de San Juan – Comisión de Innovación Legal.
2. Declarar de Interés del Poder Judicial de la provincia de San Juan la «Capacitación en Ciberseguridad» bajo la modalidad presencial.

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Resolución de Presidencia N° 75.2022

1- Adhiere a las recomendaciones realizadas por el Ministerio de Salud de la Provincia, manteniendo la vigencia de la normativa oportunamente dictada por la Corte de Justicia.
2- Efectúa las siguientes recomendaciones, las que deberán cumplirse a partir del día de la fecha:
a) Usar adecuadamente el barbijo en espacios interiores.
b) Asegurar la ventilación de los ambientes.
c) Lavar frecuentemente las manos.
d) No acudir a actividades laborales, educativas, sociales o lugares públicos durante el periodo sintomático agudo.
3- A todo efecto, y ante la aparición de síntomas, recuerda realizar la debida comunicación ante la Dirección de Recursos Humanos por correo electrónico a:

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Resolución de Presidencia N° 70.2022

RESUELVE:
1- El Registro General Inmobiliario deberá proveer informe de bienes en la modalidad de copia consulta en un plazo no mayor a diez (10) días hábiles, tendiente a conocer existencia y titularidad de bienes inmuebles, cuando sea requerido por gestión oficiosa de magistrado/a y se vincule a proceso de Beneficio de Litigar sin Gastos.
2- Los organismos judiciales deberán remitir los pedidos de informes a la siguiente casilla de correo oficial .

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Resolución de Presidencia N°71.2022

RESUELVE:
1- Disponer para el día 13 de mayo del presente año la suspensión de toda actividad en el Juzgado de Paz Letrado de Sarmiento, así como de los plazos procesales y actos vinculados a los procesos judiciales que tramiten ante éstos.
2- Establecer que el Juzgado de Paz Letrado de Sarmiento entienda únicamente en los asuntos previstos en el art. 116° de la LP N° 2352-O mientras se mantenga la suspensión de plazos prevista en el artículo anterior, los cuales estarán exentos de dicha suspensión por la especial naturaleza de las pretensiones previstas en dicha norma.
3- Disponer que la actividad habilitada se gestione en forma remota mediante el uso de las presentaciones electrónicas habilitadas por casilla de correo oficial (juzsarmiento-sjnjussanjuan .gov.ar), conforme la reglamentación.
4- Establecer que las medidas dispuestas tienen carácter preventivo y provisorio, y quedan sujetas a cualquier modificación en razón de la dinámica y circunstancias de la situación.

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Resolución de Presidencia 69.2022

RESUELVE: Asignar como Encargados de la Oficina de Notificaciones y Mandamientos Judiciales, con las funciones inherentes al Jefe de Oficina, al Sr. Jefe de Despacho, José Jesús Sanchez, y a la C.P.N. Sra. Andrea Carolina Fager Madrid, durante el periodo de licencia del Jefe de Departamento, Sr. Sergio Leonardo Narvaez,

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Acuerdo General N° 80.2022

1- Disponer que a partir del día 1 de mayo de 2022 rige únicamente el sistema de pago de tasas e impuestos de justicia por medios electrónicos y digitales a través del Botón de Pago Electrónico (BPE), conforme a los términos del Convenio celebrado entre la Corte de Justicia y el Foro de Abogados, de fecha 10 de diciembre de 2020.
2- Autorizar al Foro de Abogados a la venta de tributos judiciales mediante boleta con timbrado con posterioridad al I de mayo de 2022, con carácter excepcional y subsidiario, ante eventual causa justificada que impida la venta mediante un sistema electrónico. El Foro de Abogados deberá en este supuesto, efectuar la liquidación y rendición de cuentas conforme a los términos del convenio celebrado en fecha 10 de diciembre de 2020.
3- Habilitar a los usuarios que tengan estampillas de sellado judicial en su poder después del I de mayo de 2022, al uso de las mismas ante los organismos deI Poder Judicial, hasta su agotar su existencia, reconociéndoles el valor y vigente.
4- Autorizar a los Juzgados de Paz Letrados que se encuentran habilitados para la venta de sellado mediante estampillas en concepto de tasas e impuesto de justicia, a que continúe con dicha práctica hasta tanto exista en sus Departamentos un sistema de pago electrónico.

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Acuerdo General 79.2022

1- Dispone que a partir del 1 de mayo de 2022, el pago del sellado previsto en el art. 12 de la LP N° 2188-I y de toda tasa vinculada a actuaciones ante el Registro General Inmobiliario y Archivo de Tribunales que establezcan las Leyes Impositivitas Anuales, se instrumente por medios electrónicos y digitales a través del sistema denominado Botón de Pago Electrónico (BPE) o el que se disponga.
2- Autoriza que rija a partir del 1 de mayo de 2022 y hasta el 31 de julio del año 2022, en forma simultánea al sistema electrónico (BPE), el pago de tributos judiciales vinculados a la actividad del Registro General Inmobiliario y del archivo de Tribunales, a través de estampillas y boleta con timbrado, con la modalidad de liquidación y rendición prevista en los convenios celebrados entre las partes de fecha fecha 2 1/9/93 y 29/9/20.
3- Autoriza al Colegio Notarial a la venta de tributos para uso registral en eI Poder Judicial mediante boleta con timbrado, con posterioridad al 31 de julio de 2022, excepcionalmente y con carácter subsidiario, ante eventual causa justificada que impida la venta mediante un sistema electrónico. El Colegio Notarial deberá en este supuesto, efectuar la rendición de cuentas conforme a los término de Ios Convenios celebrados en fecha 2 1/9/93 y 29/9/20.
4- Autorizar a los Juzgados de Paz que se encuentran habilitados para la venta de sellado mediante estampillas en concepto de tributos de justicia, a que continúen con dicha práctica hasta tanto exista en sus Departamentos un sistema de pago electrónico.
5- Habilitar a los usuarios que tengan estampillas en su poder después del 31 de julio de 2022 al uso de las mismas ante Registro General Inmobiliario, hasta el agotamiento de las existentes, reconociéndoles el valor vigente.

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Acuerdo General N°82.2022

Establece que el escrito correspondiente al Recurso Extraordinario Provincial (LP N° 2353 – O) y su eventual contestación pueden ser confeccionados con un interlineado de 1 ,5 cm y hasta 28 renglones por carilla.

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