Acuerdo General N° 122.2025
ACORDARON:
1 .- Aprobar el Protocolo de Filtrado Web y control de Aplicaciones en el marco general el Protocolo de Uso de Recursos Informáticos y Telecomunicaciones que, en Anexo, integra el presente.
ACORDARON:
1 .- Aprobar el Protocolo de Filtrado Web y control de Aplicaciones en el marco general el Protocolo de Uso de Recursos Informáticos y Telecomunicaciones que, en Anexo, integra el presente.
ACORDARON:
1- Modificase el inciso al del artículo 2° del Acuerdo General N° 215/2021, el que quedará redactado de la siguiente forma: «a.1. Antigüedad de tres (3) años en la matrícula local como abogado/a y de dos (2) años como mediador/a en el registro del Foro de Abogados de San Juan.»
2- Sustitúyase el inciso a) del artículo 3° del Acuerdo General N° 215/2021 por el siguiente texto: «a) La acreditación, durante el plazo establecido para la matriculación e inscripción anual, de formación continua según las siguientes reglas: a.l. Quienes se inscriban por primera vez deberán acreditar veinte (20) horas anuales, de las cuales diez (10) corresponderán a mediación general y diez (10) a formación específica en la materia o materias (familia y/o laboral) en las que pretendan actuar. Cuando se inscriban en ambas materias, deberán acreditar diez (10) horas específicas en cada una. a.2. Quienes acrediten tres (3) o más años de ejercicio continuo en el Registro deberán acreditar quince (15) horas anuales, de las cuales cinco (5) corresponderán a mediación general y diez (10) a formación específica en la materia o materias (familia y/o laboral) en las que ejerzan o pretendan ejercer. Cuando actúen o pretendan actuar en ambas materias, deberán acreditar diez
(10) horas específicas en cada una.»
3- Déjese sin efecto tod nor a anterior que se contraponga con la presente.
ACORDARON:
1- Convócase a los interesados en actuar como Mediadores Judiciales en los fueros de Familia y Laboral, en el marco del procedimiento de la LP N° 1990-P, a tramitar la inscripción en el Registro de Mediadores Judiciales, a partir del 17 de diciembre de 2025 y hasta el 15 de febrero de 2026.
Los postulantes deberán respetar el procedimiento y requisitos previstos en el Acuerdo General N° 215/2021 y manifestar expresamente los fueros en los que vayan a intervenir.
Continúa la numeración.
Feria Judicial Enero 2026
Leer másACORDARON:
I-Aprobar el Programa Justicia Sostenible San Juan, que como Anexo forma parte de la presente.
1- Fijar a partir del 5 de noviembre de 2025, como valor mínimo del depósito previsto en el art. 12°, inc. 4 de la LP N° 2353-O en la suma de pesos Trescientos Mil ($ 300,000) y el máximo en la suma de pesos Cuatrocientos Mil ($ 400.000).
Leer másACORDARON:
1- Implementar del sistema de subasta electrónica a través de un portal digital, de conformidad a las facultades y condiciones establecidas por el art. 515 del Código Procesal Civil, Comercial y de Minería de San Juan..
Continúa la numeración.
ACORDARON:
1- Aprobar la «Guía de Trámites del Bus Federal» de aplicación en el Poder Judicial de San Juan, en el marco del Protocolo Técnico de Comunicación Electrónica Interjurisdiccional Bus Federal de Justicia aprobado JUFEJUS, que en anexo integra el presente.
2- Disponer que la Guía sea publicada en la plataforma de Bus Federal y facultar a la Secretaría Administrativa a mantener actualizada la misma en relación a
datos de contactos o información sobre normativa de aplicación.
ACORDARON:
1) Designar con carácter provisorio, como Fiscal General de la Corte, al Dr. DANIEL MARIO GALVANI, D.N.I. 16.422.594 para que cumpla funciones en la Fiscalía General de la Corte de Justicia.
2) La designación provisoria aquí dispuesta, comenzará a regir a regir a partir del día que se tome formal juramento y hasta la de,gnación de su titular por la Excma. Cámara de Diputados de San Juan.
ACORDARON:
I – Disponer que rija el Sistema Informático de Expediente Electrónico «SAE» para los procesos de competencia Comercial Especial, que tramiten en primera y en segunda instancia, a partir del día 20 de octubre de 2025, fecha en que quedará sustituido en forma definitiva el sistema integrado Lex Doctor, el cual dejará de estar operativo en dicho organismo. Las consultas de estado procesal
de las causas y las notificaciones electrónicas se realizarán exclusivamente a través de la plataforma MEV.
2 -Suspender la atención al público y los plazos procesales en todas las causas que tramiten ante el Juzgado comercial Especial y la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial y Minería, durante las jornadas de los días 20 y 21 de octubre de 2025, con excepción de los supuestos de urgencia previstos en el art. 116 y concordantes de la Ley Orgánica de Tribunales (LP N° 2352-O).
3 -Establecer que a partir del 22 de octubre de 2025, todas las presentaciones judiciales deberán efectuarse exclusivamente en forma electrónica, a través de la plataforma MEV integrada con sistema SAE, rigiendo plenamente las condiciones técnicas y reglamentarias de los Acuerdos Generales N° 52/2020 y
53/2021.
ACORDARON:
1- Autorizar a partir del día 15 de octubre de 2025, la implementación de Trabajo Remoto en el ámbito de las Oficinas Judiciales de los Fueros Laboral y de Familia de la 1° Circunscripción Judicial, conforme los considerandos del presente.
2- Disponer que la modalidad de trabajo remoto se autoriza por razones de servicio y organización, asumiendo carácter provisorio y voluntario para los agentes, sin que implique derecho alguno, y sujeto.a revocación directa de la autoridad.
3- Establecer que la implementación, seguimiento y evaluación de la modalidad de trabajo remoto sea coordinada a través del Supervisor de Oficinas Judiciales No Penales, con la asistencia de la Coordinación General de Oficinas Judiciales No Penales, la Dirección de Recursos Humanos, la Dirección de Informática y la Dirección de Seguimiento Estratégico, Control de Gestión y Estadísticas, conforme los considerandos del presente acuerdo.
ACORDARON:
1. Modificar la reglamentación de «Bonificación por Título» establecido en Acuerdo General N° 83/2024 con alcance para los empleados que revisten en planta permanente del escalafón de personal Administrativo y Técnico y de personal Obrero de Maestranza y Servicio, el que regirá de acuerdo a los siguientes términos:
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