El juez Dr. Meglioli homologó acuerdo entre Fiscalía y la defensa particular, sentenciándolo a 3 años de prisión de ejecución condicional y a cumplir con reglas de conducta. La causa se tramitó en el Sistema Acusatorio Adversarial Penal.

En una causa por Abuso Sexual por aprovechamiento de la inexperiencia sexual de la víctima, tramitada en el Sistema Acusatorio Adversarial Penal, se llevó a cabo este martes 16 de marzo la Audiencia de Formalización de la Investigación mediante la cual se acordó un Juicio Abreviado y el juez Dr. Juan Gabriel Meglioli condenó al imputado.

Dr. Gabriel Meglioli, juez del Colegio de Jueces del Sistema Acusatorio Penal Adversarial.

 

El Ministerio Público Fiscal estuvo representado por el fiscal Dr. Roberto Mallea y la ayudante fiscal Dra. María Laura Maldonado, de la Unidad de Investigación Fiscal de ANIVI (Centro judicial de Abordaje Integral de Niños, Niñas y Adolescentes víctimas o testigos de abusos sexuales); mientras que la defensa particular del acusado estuvo conformada por el Dr. Antonio Falcón y el Dr. Alejandro Bonavina.

Durante la audiencia, Fiscalía ofreció la prueba pertinente del aprovechamiento sexual del imputado sobre una víctima menor de edad, la cual se encontraba representada por su madre.

Luego, las partes convinieron una de las Medidas Alternativas de Solución del Conflicto Penal, el Juicio Abreviado, pactando la pena de 3 años de prisión de ejecución condicional y la imposición de reglas de conducta.

El juez Dr. Juan Gabriel Meglioli homologó el acuerdo de Juicio Abreviado y sentenció al acusado a 3 años de prisión de ejecución condicional por resultar autor penalmente responsable del delito de Abuso Sexual por el Aprovechamiento de la Inmadurez Sexual de la victima en carácter de autor. Además, dispuso que por el término de 2 años el condenado cumpla las siguientes reglas de conducta: constituir el domicilio real, someterse al cuidado del patronato correspondiente, abstenerse de usar estupefacientes y el consumo en forma abusiva de bebidas alcohólicas, adoptar oficio, arte, industria o profesión adecuada a su capacidad, y se le prohibió el acercamiento por cualquier tipo de contacto con la víctima y su familia, padres y/o hermanos tanto en la vía pública como en cualquier otro sitio a menos de 400 metros.

Dirección de Comunicación Institucional del Poder Judicial de San Juan (DIRCOM)
(Comunicado de Prensa: 1401 17032021)