CAMBIO DE JURISDICCION A LA PCIA. DE SAN JUAN

PASO 1

Seleccionar en la plataforma MEV “Presentar escritos”, a continuación seleccionar en la MEV:

– Fuero: “OTROS ORGANISMOS

– Juzgado /Organismo: “Reg. Público de Comercio”

Número de autos: colocar el número de autos asignado a su trámite. En caso de tratarse de la primera presentación colocar “1111”

Caratula: Colocar solo la denominación social completa, indicando el tipo societario

– Tipo de trámite: Seleccionar “Cambio de Jurisdicción

Adjuntar en formato PDF:

  1. Escrito de solicitud de inscripción del cambio de jurisdicción, del representante social o persona autorizada con patrocinio letrado y sellado judicial y forense correspondientes (79 U.T. y 4 U.F.). En el escrito deberá denunciar un correo electrónico de contacto.
  2. Acta social mediante la cual los socios resuelven el cambio de jurisdición, con la modificación de la cláusula del contrato social, si correspondiera, debidamente certificada. En caso de tratarse de Sociedades Anónimas, además deberá presentar Acta de Convocatoria a Asamblea y planillas de asistencia corrrespondientes.
  3. Contrato social, y sus modificatorios, con sus respectivas constancias de inscripción en el Registro Público de la jurisdicción de origen. Incluidas la última designación de autoridades inscripta.
  4. Certificado expedido por la jurisdicción de origen que acredite la vigencia de la inscripción de la sociedad -expedido con una antelación no mayor a 30 días de la presentación de la solicitud de inscripción del cambio de jurisdicción- y en la que se haga referencia a: 1) la existencia o no de pedidos de declaración de quiebra contra la sociedad, presentación en concurso preventivo o solicitud de declaración de la propia quiebra por parte de la sociedad, 2) las medidas cautelares inscriptas en el Registro Público de Comercio que la afectaren a ella, 3) la identificación de los libros rubricados y/o medios mecánicos autorizados a la sociedad.
  5. Constancia de iniciación del trámite de Cancelación de la sociedad en jurisdicción de origen.
  6. Constancia de CUIT social y de cada uno de los Directores/Gerentes, tanto Titulares como Suplentes.
  7. En el caso de una S.A., deberá acreditar además conformidad Administrativa ante I.G.P.J. y escritura que instrumente el cambio de jurisdicción correspondiente.
  8. Sellado de actuación 79 UT y 4 UF siendo válido el pago del mismo por medios electrónicos (https://www.fasj.org.ar/wp/compra-de-unidades-tributarias-y-forenses/).

 

La documentación de los puntos 2 y 7 debe ser enviada debidamente escaneada y separada del resto de la documentación.

Libros sociales: Presentar los libros sociales y contables rubricados en jurisdicción de origen que se encuentren actualmente en uso por la sociedad, a efectos de dejar constancia de la inscripción que oportunamente se ordene en esta jurisdicción (sellado 54 UT por cada uno).

Procedimiento posterior: Una vez inscripta la sociedad se deberá acreditar la cancelación de su inscripción en el Registro Público de su domicilio anterior.
Se hace saber que este Registro Público no efectuará nuevas inscripciones, suspendiéndose en su caso el trámite de las que estén solicitadas, ni rubricará nuevos libros, hasta tanto la sociedad acredite la cancelación de la inscripción en jurisdicción de origen.

PASO 2

Subir a la MEV el proyecto de Edicto a publicar conforme art. 10 de L.G.S. Puede consultar los modelos disponibles en https://www.jussanjuan.gov.ar/registro-publico-de-comercio-modelos-edictos/

PASO 3

Una vez suscripto el edicto, recibirá notificación electrónica correspondiente, debiendo considerarse el modelo publicado en el sistema Lex Doctor como definitivo para su publicación.

Deberá presentarse a retirar el edicto firmado en soporte papel por Mesa de entradas, de lunes a viernes sin turno previo, acompañando documentación en soporte papel (original o una copia certificada, notarialmente o por actuario, de la documentación que fue enviada por MEV) y acreditar sellado judicial y forense en caso de no haberlo enviado con anterioridad.

En caso de certificar la copia por actuario, deberá acompañar el/los libros y sellado correspondiente (54 UT).

 

PASO 4

Una vez publicado el edicto, deberá subir por la MEV escrito indicando fecha y número de página de la publicación.

PASO 5

Una vez finalizado el trámite, recibirá la notificación electrónica con el link para descargar la constancia digital correspondiente. Debe hacer click en el botón “Descargar” o “Download”, según su navegador. La constancia en formato PDF y con firma digital se descarga a su computadora, no intente validar la firma, modificar el contenido ni cambiarle el nombre al archivo.

En caso de presentar inconvenientes en la descarga puede comunicarse al teléfono 0264-4277645.