Lo decidió la Corte de Justicia mediante el Acuerdo General N.º 149/2022.

La Corte de Justicia de San Juan, integrada por su Presidente, Dr. Juan José Victoria; los Sres. Ministros, Dr. Guillermo De Sanctis y Dr. Marcelo Lima; la Sra. Ministra Dra. Adriana García Nieto; y el Sr. Ministro Daniel Olivares Yapur; con la asistencia del Sr. Fiscal General, Dr. Eduardo Quattropani; a través del Acuerdo General Nº 149/2022 dispuso redistribución de competencias en procesos sucesorios y en materia civil y contencioso administrativa, que regirán a partir del 1 de septiembre de 2022.

La Corte estableció la competencia exclusiva para entender en los procesos sucesorios de cualquier naturaleza a la Justicia de Paz Letrada del Gran San Juan, con excepción del Sistema de Gestión Asociada para Ejecuciones Fiscales. Asimismo, otorgó competencia en tales procesos a los Juzgados de Paz de Jáchal e Iglesia. En consecuencia, se estableció que los Jueces y Juezas de la Justicia Ordinaria en lo Civil de la Primera y Segunda Circunscripción Judicial, dejan de tener competencia en procesos sucesorios.

En este sentido, el Acuerdo General determina la competencia exclusiva de la Cámara de Paz para entender en los mencionados procesos.

Además, se acordó incorporar la competencia Contencioso Administrativa al Sistema de Gestión Asociada en materia Civil (Oficinas Judiciales Civiles N.º 1 y N.º 2), asignando a los Jueces y Juezas en lo Civil, Comercial y Minería de la Primera Circunscripción Judicial competencia para entender en las causas Contencioso Administrativas (art.68 LP N.º 2352-O) , sin perjuicio de la que ya ejercen (art.63 LP N.º 2352-O); y a la Señora Jueza titular actual del Juzgado Contencioso Adminsitrativo competencia para conocer en las causas previstas en el art.63 LP N.º 2352-O, sin perjuicio de la que ya ejerce (art.68 LP N.º 2352-O). En este orden, la magistrada queda incorporada a la estructura de la Oficina Judicial Civil N°1.

A continuación, el Acuerdo General N° 149/2022:

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(Comunicado de Prensa 1978 31082022)

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