Mediante el Acuerdo Nº 45 se sancionó con un mes de suspensión, sin goce de haberes, al juez Pablo S. Flores. Deberá presentar un plan de trabajo del juzgado, el cual será auditado.

El juez Pablo Sebastián Flores, titular del Segundo Juzgado de Instrucción, fue sancionado con un mes de suspensión en el ejercicio de sus funciones, sin goce de haberes. Este jueves en la mañana el magistrado fue notificado de la decisión que tomó la Sala Tercera de Superintendencia de la Corte de Justicia, integrada por José Abel Soria Vega, Guillermo De Sanctis y Adolfo Caballero.
El artículo 1º del Acuerdo Nº 45 fija la sanción prevista en el artículo 17 inciso G de la Ley Orgánica de Tribunales.
Además, el artículo 2º le impone el juez Flores dos medidas estrictas.
El punto a) del ése artículo dice que deberá presentar un Plan de Trabajo y Organización ante la Dirección Administrativa en un plazo máximo a los 7 días a partir del reintegro a sus funciones. En el mismo deberá precisar las actividades a su cargo y de cada uno de sus funcionarios y empleados del Juzgado, “así como las medidas a implementar a los fines de eliminar el desorden funcional, la morosidad en la tramitación de causas y las demás faltas expresadas en los considerandos del presente Acuerdo”.
El punto b) dice que “cumpla estrictamente, en cuanto a plazos y formas, los Acuerdos emanados de la Corte de Justicia, con especial énfasis el Acuerdo Nº 15/17, relacionado al Centro A.NI.VI.
Finalmente, se le informó al juez Flores que el cumplimiento de los requerimientos los hará la Dirección de Seguimiento Estratégico, Control de Gestión y Calidad Judicial.

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