Lo habilitó la Corte de Justicia mediante la Resolución de Presidencia N° 5. Las consultas deben realizarse al juzgado de origen de la causa.

“Autorizar a los abogados a realizar consultas por medio de correo electrónico dirigidas a las casillas de correos oficiales (…), tendientes a conocer la existencia de créditos o fondos depositados en cuentas judiciales correspondientes a procesos en que estos intervengan”, dice el punto 1 de la Resolución de Presidencia N° 5 de la Corte de Justicia de San Juan, firmada por la Dra. Adriana García Nieto.

Las consultas y pedidos de libramiento deben realizarse a los juzgados de origen de la causa, dirigiéndose en cada uno de los autos pertinentes. Todos los juzgados quedaron habilitados para hacer esa gestión. Y todo el trámite, tanto la consulta como la respuesta y la orden de pago electrónica, se hará en forma digital, dice explícitamente la Resolución N° 5.

Hasta ahora el abogado debía hacer personal y físicamente la consulta sobre la existencia de créditos o fondos en cuentas judiciales. En los considerandos de la Resolución Presidencial N° 5, se cita que “el contexto de aguda crisis provocado por la emergencia ha impactado gravemente en la actividad de los abogados y de los intereses de los justiciables que ventilan actualmente sus pretensiones ante la Justicia, al resultar restringida la dinámica de percepción de créditos provenientes de litigios depositados en el Banco San Juan S.A. por diversas causas”.

De esa manera, la Corte de Justicia da respuesta a una de las inquietudes planteadas por el Foro de Abogados respecto del pedido de medidas que aliviaran la situación económica del abogado ante la Feria Judicial Extraordinaria por el Coronavirus.

A continuación, el documento de la Resolución de Presidencia N° 5:

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Dirección de Comunicación Institucional (DIRCOM)

(Comunicado de Prensa: 1017 18042020)