Lo decidió la Corte de Justicia a través del Acuerdo General Nº 221/2022; entra en vigencia el 22 de diciembre de 2022. A partir de abril del 2023, sólo regirá el sistema electrónico. Ver instructivo para el abogado o abogada.

La Corte de Justicia de San Juan, integrada por su Presidente, Dr. Juan José Victoria; los Sres. Ministros, Dr. Guillermo De Sanctis; Dr. Marcelo Jorge Lima; la Sra. Ministra, Dra. Adriana García Nieto y el Sr. Ministro, Dr. Daniel Olivares Yapur, con la asistencia del Sr. Fiscal General, Dr. Eduardo Quattropani; a través del Acuerdo General Nº 221/2022, acordó implementar el sistema informático de transferencias de saldos o libramientos de las cuentas de uso judicial desarrollado entre el Poder Judicial y el Banco de San Juan S.A. a partir del día 22 de diciembre de 2022, en el marco del Acta Complementaria celebrada el pasado 1 de diciembre de 2022.

En el documento también se aprueba “la operatoria administrativa inherente al nuevo sistema informático para las transferencias de fondos, que permita a los funcionarios del Poder Judicial, con facultades para disponer de los saldos existentes en cuentas de uso judicial, transferirlos a cuentas bancarias de los respectivos beneficiarios, mediante la autogestión de los usuarios y la utilización de la Mesa de Entradas Virtual (MEV)”.

Asimismo, el Acuerdo General Nº 221/2022 autoriza que “hasta al 31 de marzo de 2023, la modalidad operativa de transferencias de fondos judiciales en uso hasta el momento, mediante órdenes de transferencias efectuadas por oficio judicial o libramiento en soporte papel o formato PDF remitido por correo electrónico con firma digital”.

También, se dispone que “a partir del 1 de abril de 2023, rija el nuevo sistema como único habilitado y autorizado para la operatoria de transferencias de saldos o libramientos de las cuentas de uso judicial; permitiendo de modo excepcional el uso de la operatoria descripta en el punto 3, por razones de conveniencia durante feria judicial, falta de disponibilidad de la plataforma MEV, eventual falencia técnica del nuevo sistema de autogestión en el organismo jurisdiccional interviniente o motivo debidamente fundado”.

A continuación, un instructivo sobre el proceso de carga de solicitud de libramiento de fondos desde la Mesa de Entrada Virtual (MEV) por parte del abogado o abogada:

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Dirección de Comunicación Institucional del Poder Judicial de San Juan (DIRCOM)
(Comunicado de Prensa: 2109 21122022)

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