Una es para modificar el Código Procesal Civil, otra para modificar el Código Procesal Laboral, incorporando en ambos la oralidad en primera y segunda instancia para acortar así el tiempo de resolución judicial; y la tercera es para implementar la obligatoriedad de la mediación previa entre particulares antes de iniciarse una causa.

La Corte de Justicia de San Juan remitió este miércoles 20 de noviembre tres proyectos de ley a la Cámara de Diputados de San Juan, haciendo uso de la facultad constitucional (art.207 inc.8) de la iniciativa legislativa, para que los diputados aprueben tres leyes que mejorarán sustancialmente el servicio de justicia.

Los tres proyectos de ley elaborados en el Poder Judicial de San Juan fueron remitidos por el Presidente de la Corte, Dr. Guillermo Horacio De Sanctis, al Vicegobernador y Presidente Nato de la Cámara de Diputados, Dr. Marcelo Lima, mediante tres mensajes y cada uno con la acordada correspondiente, las cuales están firmadas por el Presidente de la Corte y los ministros Dr. Ángel Medina Palá y Dra. Adriana García Nieto; los jueces de cámara, Dr. Mariano Ibáñez y Juan Carlos Caballero Vidal (h.) y el fiscal General de la Corte, Dr. Eduardo Quattropani.

CIVIL

Mediante el Acuerdo General 182, la Corte de Justicia remitió a Diputados un proyecto de ley para modificar el Código Procesal Civil: “Mediante Acuerdo General N° 148/18 se dictó y puso en funcionamiento el Protocolo de Gestión Oral de Prueba para los procesos de conocimiento en materia Civil, Comercial, Contencioso Administrativo y Laboral. Que, el citado protocolo está orientado a gestionar en la Primera Instancia una eficiente producción de la prueba en el menor tiempo posible. Que, de acuerdo a la dinámica impuesta a las causas que tramitan bajo la vigencia del protocolo, deviene necesaria la adecuación del Código Procesal Civil, Comercial y Minería de la Provincia (Ley Provincial N° 988-O), a fin de ajustar su texto al nuevo régimen de gestión oral de prueba”.

LABORAL

Mediante el Acuerdo General 183, la Corte de Justicia remitió a Diputados un proyecto de ley para modificar el Código Procesal Laboral: “Como necesaria consecuencia de lo expuesto y, siendo la LP N° 988-O de aplicación supletoria en materia laboral, resulta ineludible ajustar la normativa del Código Procesal Laboral (LP N° 337-O), a fin de que resulte compatible con el sistema”.

Con el objetivo de afianzar la celeridad procesal, incluye dentro de ambos proyectos para modificar los códigos procesales civiles y laborales, la actuación oral en la Segunda Instancia. De esta forma, el Poder Judicial de San Juan se convierte en el primero en implementar la Oralidad en ambas instancias de mérito que conforman su jurisdicción.

Para crear los dos royectos de ley para modificar los códigos procesales civil y laborales, la Corte conformó una comisión integrada por los Ministros Dres. Guillermo H. De Sanctis y Adriana García Nieto, los Magistrados Dres. Adriana Tettamanti, Elena de la Torre de Yanzón, Gladys Rubia, Juan Carlos Pérez, Mariano Ibañez, Abel Soria, Carlos Fernández Collado, Daniel G. Olivares Yapur, y los Funcionarios Dres. Mauricio Cerezo, Analía Maurín Navarro y Edgardo Navarro.

MEDIACIÓN OBLIGATORIA

Mediante el Acuerdo General 184, la Corte de Justicia remitió a Diputados el proyecto de “modificación de la Ley de Mediación, estableciendo el Instituto de Mediación Judicial Previa Obligatoria en procesos entre particulares”.

En el mensaje de remisión se argumenta que “resulta innegable hoy, la relevancia que han adquirido los medios alternativos de resolución de conflictos como herramientas válidas para reducir la litigiosidad y la congestión judicial. Por ello, se promueve la reforma de la actual Ley Provincial de Mediación, impulsando la práctica de dicho método de manera previa a iniciar un proceso judicial”.

La Corte de Justicia también precisó que “se ha provisto a este instituto de todas las garantías necesarias consagrando el principio rector de acceso a la justicia; destacándose la exigencia de que el proceso mediatorio sea conducido por profesionales debidamente capacitados y matriculados, actuando exclusivamente ante el Centro Judicial de Mediación, organismo dependiente de la Corte de Justicia. También se prevé la necesidad de la asistencia letrada desde el inicio del procedimiento, así como la posibilidad de acceso a la mediación para todas las personas, instituyendo el “Beneficio de Mediar sin Gastos”.

Se recuerda que ya son cinco las iniciativas legislativas enviadas por la Corte de Justicia a Diputados, ya que la semana pasada también el máximo tribunal provincial hizo uso de esa facultad y remitió dos proyectos de ley claves: uno es para incorporar al Procedimiento Especial de Flagrancia los hechos de Violencia Familiar y de Género y la Desobediencia a una Orden Judicial que se cometan dentro de esa problemática social. Y el otro es para que se ponga en práctica el nuevo Código Procesal Penal de San Juan, el cual contempla el Sistema Acusatorio Adversarial.

 

A continuación, los Acuerdos Generales N° 182, N° 183 y N° 184 completos:

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(Comunicado de Prensa: 893 20112019)