La Sala Tercera de Superintendencia de la Corte de Justicia resolvió realizar una auditoría en todos los Juzgados de Primera Instancia de los fueros Civil, Laboral, Familia y Menores, con el fin de evaluar la gestión de los mismos. La auditoría contará con la supervisión de la Dirección de Recursos Humanos del Poder Judicial. El texto completo de la resolución se publica a continuación:

SAN JUAN, Catorce de Marzo del año Dos Mil Diecisiete.

— VISTO  Y CONSIDERANDO: Que resulta necesario conocer el estado de la gestión judicial de la etapa de prueba de los procesos judiciales de todos los Juzgados de Primera Instancia de los fueros Civil, Laboral, Familia, Menores y Contencioso Administrativo.

— Que a tales fines, es menester practicar una amplia y completa auditoría relacionada al estado de gestión de las diferentes audiencias señaladas en los diferentes procesos judiciales que tramitan en los Tribunales mencionados anteriormente, conforme la materia propia de cada uno de ellos, y en función de las facultades y prerrogativas contenidas en la Ley Orgánica de Tribunales N° 358-E (antes Nº 5854) y sus modificatorias.-

— Que la medida que por la presente se dispone, estará a cargo de las Sras. María Celia Cano Ginestar, DNI 27.574.247 y María Carolina Sanchez Gattoni, DNI 22.959.520, con la supervisión del Señor Subdirector de Recursos Humanos.-

— Que a los fines del mejor cumplimiento, facúltase a las auditoras para requerir de los Sres. Magistrados el acceso a toda la información que surga del sistema operativo Lex Doctor de cada organismo, documentación, libros de registros y causas que el caso requiera, como así también de todo aquello que resulte útil para el mejor resultado del cometido.-

— Por todo lo expuesto, la Sala Tercera de Superintendencia de la Corte de Justicia, RESUELVE:.–

— 1°) Disponer una amplia y completa auditoría en todos los los Juzgados de Primera Instancia de los fueros Civil, Laboral, Familia y Menores, con miras a determinar el estado de la gestión de las diferentes audiencias que fijadas en los distintos procesos judiciales, con anterioridad a la fecha de la presente.-

— 2°) Asígnase a las Sras. María Celia Cano Ginestar, DNI 27.574.247 y María Carolina Sanchez Gattoni, DNI 22.959.520 para que den cumplimiento a la medida que la presente se dispone, con la supervisión del Subdirector de Recursos Humanos Dr. Lucas Caballero.

— 3°) Facúltase a las Auditoras para requerir de los Sres. Magistrados el acceso a toda la información que surga del sistema operativo Lex Doctor de cada organismo, documentación, libros de registros y causas que el caso requiera, como así también de todo aquello que resulte útil para el mejor resultado del cometido.-

— Protocolícese, notifíquese a quienes corresponda y cúmplase.-