Autor: analiaperez

Resolución de Presidencia N° 105.2023

RESUELVE:
1. Otorgar Auspicio Institucional y Autorizar el uso del subsuelo del Club Sirio Libanés para la realización de las “I JORNADAS NACIONALES Y I JORNADAS PROVINCIALES GESTALTICAS SOBRE INFANCIA Y ADOLESCENCIA: Renacer al Presente”, a realizarse los días 21 y 22 de abril del corriente año, en la Provincia de San Juan. Dése amplia difusión.

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Acuerdo de Superintendencia N° 13.2023

ACORDARON, para la jornada del 24 de febrero del corriente año:
1- La suspensión de los plazos en los procesos, audiencias y los trámites del Tribunal de Impugnación del Sistema Acusatorio Penal Adversarial y del Centro Judicial de Mediación, así como la actividad de atención de público y de profesionales ante los mismos.
2- La convocatoria de su personal para realización de trabajo interno e inherente a la mudanza y puesta en funcionamiento del servicio.
3- Aclarar que lo dispuesto no afecta la actividad judicial que deban desempeñar los señores Jueces de Cámara del Tribunal/de Impugnación integrando tribunal en el Colegio de Jueces.

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Resolución de Presidencia N° 102.2023

Dispone que todos los documentos oficiales de los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial de la provincia de San Juan deben llevar la inscripción “2023 – Año deI 40° Aniversario de la Democracia Ininterrumpida en la República Argentina”.

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Acuerdo de Superintendencia N° 144.2022

ACORDARON:
1- La Presidencia de la Sala Única de Feria de las Cámaras de Apelaciones, conforme la integración dispuesta por Acuerdo de Superintendencia N° 123/2022, estará desde el día I al 15 de Enero de 2023, a cargo del Dr. Roberto Mariano Pagés y desde el día 16 hasta el 31 del mismo mes, a cargo de la Dra. Susana Beatriz Raed; los cuales dispondrán el orden de intervención de los miembros y todo lo pertinente en el marco de sus facultades.
2- Del día I al 15 de Enero de 2023, las actuaciones judiciales que resulten de conocimiento de la Sala Única de Feria de las Cámaras de Apelaciones deberán presentarse ante la Mesa de Entradas Virtual (MEV) de la Sala II de la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial y Minería y desde el día 16 hasta el 31 del mismo mes, ante la Mesa de Entradas Virtual (MEV) de la Sala II de la Cámara de Apelaciones del Trabajo.

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Acuerdo de Superintendencia N° 142.2022

Rectifica el Acuerdo de Superintendencia N° 123.2022.
únicamente en los apartados correspondientes a los Tribunales Judiciales de Segunda Instancia, específicamente Jueces Penales; en la atención de la Oficina Judicial Civil I; en los turnos de los Jueces del Proceso Especial de Flagrancia, del Fuero de Familia y Juzgado de Paz Letrado de Albardón; la Secretaría del Fuero Laboral; el Registro Público de Comercio, y la Secretaría Civil de la Segunda Circunscripción Judicial,

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Resolución de Presidencia N° 101.2022

RESUELVE:
1. Co-organizar con la Asociación Argentina de Derecho Procesal – delegación San Juan- (AADP), la “Jornada sobre implementación de Nuevos Códigos Procesales de San Juan”; a realizarse en forma presencial, el día 23 de febrero del año 2023.
2. Declarar de Interés del Poder Judicial de San Juan el ‘Jornada sobre implementación de Nuevos Códigos Procesales de San Juan” que se desarrollará en forma presencial, el día 23 de febrero del año 2023.
amplia difusión

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Acuerdo General N° 223.2022

ACORDARON:
1- Disponer a partir del día I de marzo de 2023, que todos los escritos judiciales correspondientes a los procesos regidos por LP N° 2415-O, LP N° 2424-O y LP N° 2435-O, que tramiten ante el fuero Civil, Laboral y de Familia de ambas instancias, de la Primera y Segunda Circunscripción, se presenten únicamente en formato electrónico, a través de la plataforma de Mesa de Entradas Virtual (MEV). La presente obligación comprende al Ministerio Público, a los justiciables, a sus letrados y a los auxiliares de justicia.
2- Disponer que los escritos junto con la documentación que eventualmente se adjunte, deberán ser digitalizados en formato PDF, con un límite de 500 kb por página, y con un máximo de 200 páginas en total.
3- Exceptuar de lo dispuesto precedentemente, en los siguientes casos: a) A los procesos que tramiten ante la Corte de Justicia, la Justicia de Paz Letrada del Gran San Juan, el Sistema de Gestión Asociada de Ejecuciones Fiscales y de aquellos Juzgados de Paz Letrados Departamentales que no operan con sistema de expediente electronico SAE
b) Cuando las presentaciones, por su cantidad de páginas o volumen de archivos multimedia, excedan la capacidad de almacenamiento previsto en la MEV
C) Cuando el órgano judicial no opere con la plataforma MEV o la misma no se encuentre operativa, siendo tal extremo reconocido por disposición oficial.
d) Cuando se funde en supuestos de estricta urgencia donde pueda estar en riesgo la pérdida de derechos. En este último supuesto, se podrá admitir la presentación en formato papel dentro plazo de las dos primeras horas hábiles de iniciada la atención de público, pero no se dará curso a la misma hasta que sea acompañada en formato digital por el interesado.
4- Establecer que serán válidas las presentaciones efectuadas en cualquier modalidad, dentro de las dos primeras horas hábiles siguientes al día del plazo de vencimiento. Este término se computará a partir del horario de inicio de la atención al público vigente para cada organismo.

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Acuerdo General N° 221.2022

ACORDARON:
1- Implementar a partir del día 22 de diciembre de 2022 el sistema informático de transferencias de saldos o libramientos de las cuentas de uso judicial desarrollado entre el Poder Judicial y el Banco de San Juan S.A., y objeto del Acta Complementaria celebrada entre ambas partes en fecha 1 de diciembre de 2022.
2- Aprobar la operatoria administrativa inherente al nuevo sistema informático para las transferencias de fondos, que permita a los funcionarios del Poder Judicial, con facultades para disponer de los saldos existentes en cuentas de uso judicial, transferirlos a cuentas bancarias de los respectivos beneficiarios, mediante la autogestión de los usuarios y la utilización de la Mesa de Entradas Virtual (MEV).
3- Autorizar hasta al 31 de marzo de 2023, la modalidad operativa de transferencias de fondos judiciales en uso hasta el momento, mediante órdenes de transferencias efectuadas por oficio judicial o libramiento en soporte papel o formato PDF remitido por correo electrónico con firma digital.
4- Disponer que a partir del 1 de abril de 2023, rija el nuevo sistema como único habilitado y autorizado para la operatoria de transferencias de saldos o libramientos de las cuentas de uso judicial; permitiendo de modo excepcional el uso de la operatoria descripta en el punto 3, por razones de conveniencia durante feria judicial, falta de disponibilidad de la plataforma MEV, eventual falencia técnica del nuevo sistema de autogestión en el organismo jurisdiccional interviniente o motivo debidamente fundado.
5- Disponer a través de la coordinación de la Escuela Judicial una activa campaña de capacitación y difusión del nuevo sistema y procedimiento implementado, destinado a usuarios internos y externos.

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Acuerdo General N° 220.2022

Dispone que las reglas sobre notificaciones electrónicas previstas en el / Capitulo VI y normas concordantes del Código Procesal Civil, Comercial y de Minería, de aplicación supletoria para los Códigos Laboral y de Familia (Leyes N° 2415-O, N° 2424-O y N° 2435-O), con entrada en vigencia a partir del I de febrero de 2023, no rijan para los procesos que tramiten ante los Juzgados de Paz Letrados de los Departamentos de Albardon, San Martin, Angaco, Caucete, 25 de Mayo, Zonda, Ullum, Calingasta, Iglesia y Valle Fértil, mientras la Corte de Justicia no disponga su vigencia y aplicación específica

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