Este miércoles, el sistema del Procedimiento Especial de Flagrancia sumó 20 nuevas condenas.

El sistema del Procedimiento Especial de Flagrancia ya condenó a 180 personas por violación del artículo 205 del Código Penal: “Será reprimido con prisión de seis meses a dos años, el que violare las medidas adoptadas por las autoridades competentes, para impedir la introducción o propagación de una epidemia”. Desde el 25 de marzo de 2020 hasta este miércoles 8 de abril, se concretaron 142 audiencias con 180 personas condenadas.

Durante la jornada de este miércoles 8 de abril, personal de Flagrancia realizó 9 audiencias, condenando a 20 personas: 13 recibieron condena condicional, 2 fueron absueltas, 3 sobreseídas, en un caso la audiencia pasó a ¼ intermedio y en otro caso el juez se declaró incompetente por el tipo de delito.

Las 180 condenas se componen así: 152 (130 de cumplimiento condicional, 10 prisión efectiva, 3 pasaron a ¼ intermedio, 4 absueltas, 4 sobreseídas, 1 incompetencia por el tipo de delito) fueron exclusivamente por infringir el Artículo 205 del Código Penal. Otras 28 condenas (19 cumplimiento condicional y 9 prisión efectiva) fueron por cometer otros tipos de delitos contemplados en el Procedimiento de Flagrancia, en concurso con el artículo 205 del Código Penal.

 

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Dirección de Comunicación Institucional (DIRCOM)
(Comunicado de Prensa: 1013 08042020)