INSCRIPCIÓN DE S.R.L.

PASO 1:

Seleccionar en la plataforma MEV “Presentar escritos”, a continuación seleccionar:

– Fuero: “OTROS ORGANISMOS

– Juzgado / Organismo: “Reg. Público de Comercio”

Número de autos: colocar el número de trámite asignado. SOLO en caso de tratarse de la primera presentación colocar “1111”

Caratula: Colocar solo la denominación social completa, indicando el tipo societario

– Tipo de trámite: Seleccionar “Inscripción de S.R.L. – Contrato social

Adjuntar en formato PDF:

1- Escrito de solicitud de inscripción. En caso de que el peticionante sea apoderado, deberá adjuntar poder correspondiente en formato PDF. Si es patrocinante, deberá constar en la presentación la firma ológrafa de su patrocinado (puede ser la del representante social o persona legalmente autorizada).

2– Contrato Social en formato PDF, el que puede ser por escritura pública o instrumento privado con firmas certificadas notarialmente, y constancia del pago de impuesto de sellos (aforo) correspondiente, ante la D.G.R. (Subir contrato y/o actas en archivo separado del resto de la documentación)

3- Constancia de C.U.I.T. vigente (expedida por AFIP) de todos los socios y de todos los miembros (Titulares y Suplentes) del órgano de administración y representación.

4- Sellado de actuación 79 UT por cada instrumento, acta o acto sujeto a inscripción, y 4 UF por cada firma de profesional abogado interviniente, siendo válido el pago del mismo por medios electrónicos (http://www.fasj.org.ar/wp/compra-de-sellados/).

5- Declaración jurada de los socios y gerentes sobre su condición de Persona Expuesta Políticamente (Resol. UIF N.º 134/18), con firmas certificadas.

6- Declaración jurada de quienes revisten la condición de beneficiario final (Resol. UIF N.º 112/21), con firmas certificadas.

Se le hace saber que puede incluir en el texto del contrato social a inscribir, los requisitos de los puntos 5 y 6.

Supuesto especial de Constitución de una sociedad con sociedad como socia

A- Sociedad socia inscripta en esta jurisdicción, deberá adjuntar: a) la resolución del órgano social competente que dispuso celebrar el acto. b) Certificación contable en los términos del Art. 31, 32 y 33 de la Ley 19.550 con la firma del Contador Público legalizada ante el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de San Juan. c) Constancia de CUIT de la sociedad socia.
B- Sociedad socia NO inscripta en esta jurisdicción, además de la documentación requerida en los puntos que anteceden, deberá presentar: a)
certificado expedido por la jurisdicción de origen que acredite la vigencia de la inscripción de la sociedad y refiera a la existencia o no, de anotaciones concursales o cautelares inscriptas en el Registro Público de Comercio de su jurisdicción que la afectaren a ella. b) Contrato social y sus modificaciones inscriptas en la jurisdicción de origen, en un juego certificado y legalizado de corresponder.
C- Sociedades extranjeras: En el supuesto que la sociedad socia sea una extranjera, deberá acreditar: a) encontrarse inscripta en los términos del Art. 123 Ley 19.550, mediante certificado de inscripción y vigencia expedido en la jurisdicción que corresponda (salvo que esté inscripta en esta jurisdicción). b) La resolución del órgano social competente que dispuso celebrar el acto. c) certificación contable de la accionista extranjera en los términos del Art. 32 y 33 de la Ley 19.550 con la firma del Contador Público legalizada ante el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de San Juan. d) Constancia de CDI de la sociedad extranjera. e) Declaración Jurada de Beneficiario Final

PASO 2:

En relación a la acreditación de la integración del capital:

En el caso de la integración con dinero en efectivo, una vez iniciado el trámite, el profesional interviniente deberá auto gestionar la apertura de la cuenta folio a fin de realizar el depósito correspondiente, mediante el botón denominado “Solicitud de apertura de cuenta” dentro de la opción “Banco San Juan” en la plataforma MEV (https://mesavirtual.jussanjuan.gob.ar/apertura-de-cuenta)

Una vez efectuada la transferencia, deberá acreditarlo mediante el comprobante correspondiente que deberá subir a la MEV. Asimismo deberá subir a la MEV el comprobante de CBU y Nº de cuenta del socio, administrador o profesional expresamente autorizado a percibir el oportuno reintegro de los fondos. (Aclaración: El CBU deberá estar vinculado a una cuenta en entidad bancaria, no permitiendo el sistema cuentas de Mercado Pago).

Si la integración es especie o bienes muebles no registrables: deberá adjuntar Inventario suscripto por cada socio aportante con firma certificada y certificación contable con firma legalizada del contador público ante Consejo Profesional de Ciencias Económicas de San Juan.

– Si la integración es con bienes registrables, deberá adjuntarse el título respectivo con la inscripción preventiva (Art. 38 Ley 19.550) y el certificado de dominio que acredite la titularidad del bien a nombre del socio aportante.

– Si la integración es con Derechos los documentos que instrumenten los mismos deberán ser emitidos a favor de los socios, referirse a bienes determinados, susceptibles de ejecución, no deben referirse a bienes litigiosos. Si son títulos de crédito deber contar con la cadena de endoso a favor de la sociedad en formación y el pago de impuesto de sellos correspondiente (aforo por ante D.G.R.)

Si la integración es con un Fondo de Comercio, debe cumplir con las normas de la Ley 11.867 (Trámite de inscripción de fondo de comercio).

Nota importante: Se sugiere en todos los casos tener en cuenta la relación entre las actividades que van a desarrollarse en el objeto social y el monto del capital establecido en el contrato.

PASO 3:

Subir a la MEV el proyecto de Edicto a publicar (en formato PDF o equivalente editable) conforme art. 10 de L.G.S. Puede consultar los modelos disponibles en https://www.jussanjuan.gov.ar/registro-publico-de-comercio-modelos-edictos/

PASO 4:

Una vez suscripto el edicto, recibirá notificación electrónica correspondiente, debiendo considerarse el modelo publicado en el sistema Lex Doctor como definitivo para su publicación.

Deberá presentarse a retirar el edicto firmado en soporte papel por Mesa de entradas, de lunes a viernes sin turno, acompañando documentación en soporte papel en original o una copia debidamente certificada (la certificación puede ser notarial o por ante actuario del Organismo, previa acreditación del pago de sellado correspondiente. NO se certificarán copias de certificaciones notariales).

Asimismo deberá acreditar el pago de sellado judicial y forense en caso de no haberlo hecho en oportunidad del inicio del trámite.

PASO 5:

Una vez publicado el edicto, deberá descargarlo de la página web del Boletín Oficial de San Juan https://boletinoficial.sanjuan.gob.ar/#/ y subirlo a la plataforma MEV en formato PDF. También se admitirá escrito con mención expresa y precisa de la fecha de publicación y N.º de página el BO.

PASO 6:

Una vez finalizado el trámite, recibirá la notificación electrónica con el link para descargar la constancia digital correspondiente.

Para ello debe: hacer click en el botón “Descargar” o “Download”, según su navegador.

La constancia en formato PDF y con firma digital se descarga a su computadora, no intente validar la firma, modificar el contenido ni cambiarle el nombre al archivo.

En caso de presentar inconvenientes en la descarga puede comunicarse al teléfono 0264-4277645, en horario de 7:30 a 13 hs.

Importante: Si el depósito en garantía por aporte de capital fue realizado en efectivo, deberá, el profesional interviniente a través del sistema MEV, confeccionar libramiento electrónico siguiendo las instrucciones publicadas en: https://www.jussanjuan.gov.ar/registro-publico-de-comercio/tramites/inscripciones/libramiento-electronico-procedimiento/

Si el aporte fue realizado con créditos a favor de los socios, los documentos correspondientes para el cobro se colocaran a disposición en Mesa de Entradas.

NOTA:

En caso de rubricar libros en el mismo trámite, debe manifestarlo mediante escrito firmado, indicando tipo de libro y cantidad de fojas útiles de cada uno (ver instructivo RUBRICA DE LIBROS en guía de trámites https://www.jussanjuan.gov.ar/registro-publico-de-comercio/tramites/varios-tramites/rubrica-de-libros/).