Lo resolvió la Corte de Justicia a través del Acuerdo General Nº 190/2022.

La Corte de Justicia de San Juan, integrada por el Dr. Juan José Victoria (Presidente), los Sres. Ministros, Dr. Guillermo Horacio De Sanctis y Dr. Marcelo Jorge Lima; la Sra. Ministra, Dra. Adriana García Nieto; y el Sr. Ministro, Daniel Olivares Yapur; con la asistencia del Sr. Fiscal General de la Corte, Dr. Eduardo Quattropani; a través del Acuerdo General Nº 190/2022 dispuso “que las sentencias que dicten los señores Jueces de Familia en los términos de los artículos 37 y 38 del Código Civil y Comercial de la Nación, sean inscriptas en Registro General Inmobiliario, Registro Nacional de la Propiedad del Automotor y en todo organismo que resulte conveniente; ello sin perjuicio de la debida inscripción en el Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas que corresponde”.

En sus considerandos, el Acuerdo General indica que “la situación advertida evidencia una falencia en la necesaria publicidad adecuada que impone considerar medidas para una mayor protección de las personas con capacidad restringida y de los terceros; fortaleciendo la seguridad jurídica de los actos de transferencia dominial”.

Dirección de Comunicación Institucional del Poder Judicial de San Juan (DIRCOM)
(Comunicado de Prensa: 2078 30092022)

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