El proceso de implementación tendrá competencia gradual y debutará en noviembre en los Juzgados de Familia que funcionan bajo el Sistema de Gestión Asociada con Oficina Judicial.

De izq. a der: El secretario Administrativo de la Corte, Dr. Javier Vera; el Presidente de la Corte, Dr. Daniel Olivares Yapur; y el subsecretario Administrativo, Dr. Mauricio Cerezo, este miércoles 1 de septiembre en el anuncio ante periodistas de la Mediación Judicial Previa Obligatoria.

La Sala Tercera de la Corte de Justicia, integrada por los ministros Dr. Daniel Olivares Yapur (presidente), Dr. Juan José Victoria y Dra. Adriana García Nieto, a través del Acuerdo de Superintendencia Nº 132/2021, acordó la puesta en funcionamiento a partir de noviembre de la Mediación Judicial Previa Obligatoria (Ley Provincial 1990-P), lo que beneficiará en una mayor agilidad en la resolución de conflictos judiciales para las personas que deban acudir al Poder Judicial y también contribuirá a una economía procesal.

La implementación del proceso de Mediación Judicial Previa Obligatoria se realizará de manera gradual en el Poder Judicial. A través del Acuerdo de Superintendencia, se dispuso su vigencia para los asuntos de materia mediable de competencia de los Juzgados de Familia que operan bajo el Sistema de Gestión Asociada con Oficina Judicial. Particularmente, comprenderá:

a) Asuntos que resulten objeto del convenio regulador en la acción de divorcio, salvo que el acuerdo se acompañe junto con la demanda para su homologación.
b) Procesos por reclamos patrimoniales y extrapatrimoniales como efectos de las acciones de estado.
c) Asuntos sobre Tutela y Guarda.
d) Asuntos que requieran autorización judicial, excepto las que tengan por objeto la salida del país de menores de edad.
f) Procesos por reclamo de alimentos.
g) Procesos sobre Unión Convivencial y todos sus efectos.
h) Procesos y asuntos vinculados consecuencias patrimoniales derivadas de la responsabilidad parental.

La ley para implementar la Mediación Judicial Previa Obligatoria nació como una Iniciativa Legislativa de la Corte de Justicia, mediante el Acuerdo General 184/19 del 11 de noviembre del 2019. Ahora, la Corte de Justicia cumple con su reglamentación para su puesta en funcionamiento en forma gradual, comenzando con el fuero de Familia.

 

Dirección de Comunicación Institucional del Poder Judicial de San Juan (DIRCOM)
(Comunicado de Prensa: 1606 01092021)