Fue a través del Acuerdo General Nº 38. Entre los puntos resolutivos dijo que, en casos de muertes naturales, la Policía Científica emitirá el certificado de defunción sin la intervención judicial o derivación a la morgue judicial.

La Corte de Justicia de San Juan, integrada por la Dra. Adriana García Nieto (Presidencia), los ministros Dr. Daniel Olivares Yapur, Dr. Juan José Victoria y Dr. Marcelo Lima, con la presencia de la jueza Silvina Rosso de Balanza; y la asistencia del fiscal General, Dr. Eduardo Quattropani, acordaron una serie de recomendaciones para el manejo de cadáveres.

En el punto 1 dispuso: “durante la vigencia de la emergencia sanitaria, que los casos de COVID-19, sean considerados en el Complejo Científico Forense y de Criminalística, como nivel 4 de biosegurdiad”.

En el punto 2: “Disponer que el fallecimiento de toda persona por causa del COVID-19 confirmado o probable, no deberá ser objeto de trámite judicial alguno, ni derivación a la Morgue Judicial para autopsia, debiendo las partes sanitarias donde estuviera el cuerpo, proceder inmediatamente a la inhumación según el protocolo de aplicación para estos casos”.

El punto 3 establece: “en casos de fallecimiento de personas en sus domicilios o fuera de centros de salud, que sean por causas naturales o no traumáticas, sin signos de violencia tanto en el cuerpo como en el lugar donde éstas se encuentren (…) la Policía Científica será la responsable de emitir el certificado de defunción, sin intervención judicial ni derivación a la morgue judicial”.

A continuación, Acuerdo completo:

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Dirección de Comunicación Institucional (DIRCOM)
(Comunicado de Prensa: 1005 27032020)