La resolvió el juez del Primer Juzgado Civil. El martes pasado celebró la audiencia de conciliación por Zoom y el viernes dictó la sentencia definitiva para el hombre sanjuanino.

El juez del Primer Juzgado Civil, Dr. Héctor Rollán, resolvió este viernes la situación judicial de una persona sanjuanina que está actualmente en Buenos Aires. El martes de la misma semana había tomado la audiencia de conciliación por la plataforma Zoom.

En su resolución, el Juez desestimó la acción de amparo interpuesta por D.G.P. El hombre sanjuanino trabaja en Olavarría, en el interior de la Provincia de Buenos Aires, con un régimen laboral de 20 días en esa provincia y 10 días de descanso en su provincia de residencia, San Juan.

Entre los argumentos que el Juez consideró oportuno fue: “la lucha contra esta pandemia, exige de cada uno de los habitantes del planeta tierra el máximo de los esfuerzos, de todo tipo; y que al ser una situación excepcional, extrema y de fuerza mayor, los derechos individuales de cada uno de nosotros se ven diezmados necesariamente en aras de un bien común superior, como es la salud y la vida de toda la población”.

Por el Aislamiento Preventivo, Social y Obligatorio dispuesto Poder Ejecutivo Provincial por el plazo de 14 días, el hombre no puede regresar a San Juan desde el 20 de marzo de este año, dada la situación económica que implica que el hombre tenga que hacer cuarentena obligatoria en los hoteles y alojamientos autorizados por la Provincia.

La sentencia se realizó desde el despacho del juez Rollán en el marco del Régimen de Regulación Administrada de la Actividad Judicial por Razones de Emergencia Sanitaria dispuesto por la Corte de Justicia a través del Acuerdo General Nº 146. Previamente, y en la misma semana, el juez del Primer Juzgado Civil había celebrado una audiencia de conciliación desde el Juzgado en la que cada una de las partes intervinientes se conectaron a través de la plataforma Zoom. Esa situación, contemplada por el Juez, hizo que la audiencia se concrete por Zoom, conforme lo autoriza el art. 8 del Acuerdo General N° 146/2020 y siguiendo el protocolo sanitario, mediante el uso de los medios tecnológicos previstos en el Acuerdo General N° 88/2020. Además del Juez, intervino el Secretario del Juzgado, Dr. Gustavo Carrizo. También participaron de la audiencia el amparista desde Olavarría, sus dos abogados que lo hicieron desde San Juan, los abogados de Fiscalía de Estado y el Asesor Letrado de Gobierno por el Comité Covid 19. Durante esa audiencia, las partes habían expuesto y ratificaron sus posturas.

Dirección de Comunicación Institucional (DIRCOM)
(Comunicado de Prensa: 1184 31082020)