Reunión de acuerdo de la Corte de Justicia. Preside Dra. Adriana García Nieto (cabecera mesa), junto a los ministros, Dr. Juan José Victoria (izquierda), Dr. Marcelo Jorge Lima, Dr. Daniel Olivares Yapur y Dr. Eduardo Quattropani, fiscal General.

Lo hizo este miércoles, mediante los Acuerdos Generales 51 y 52, continuando con el marco preventivo dispuesto por las autoridades provinciales y nacionales por el COVID-19.

La Corte de Justicia, integrada por la Dra. Adriana García Nieto (Presidenta), Dr. Daniel Olivares Yapur, Dr. Juan José Victoria y Dr. Marcelo Jorge Lima, con la presencia del camarista Dr. Juan Carlos Pérez y la asistencia del fiscal General de la Corte, Dr. Eduardo Quattropani, definió este miércoles cómo funcionará el Poder Judicial de San Juan a partir del mes de mayo, en continuidad al marco preventivo para evitar la propagación del Coronavirus COVID-19, según las normativas de salud pública fijadas por los poderes ejecutivos de la Provincia y de la Nación.

A través del Acuerdo General N° 51, el máximo tribunal provincial decidió prorrogar la Feria Judicial Extraordinaria del 1 al 10 de mayo de 2020. Será en las mismas condiciones de los acuerdos generales N° 45, N° 49 y el Acuerdo de Superintendencia N° 31.

La Corte también dispuso que a partir del 11 de mayo rija el funcionamiento del Régimen de Regulación Administrada de la Actividad Judicial por Razones de Emergencia Sanitaria.

De igual modo se estableció qué fueros y procesos funcionarán a partir de ésa fecha, horarios de trabajo del personal judicial (8 a 13 h y 14 a 19 h, con excepción del fuero de Paz que lo hará en horario matutino); horarios de atención al profesional y al público (8 a 13 h y 14 a 16 h).

En el Acuerdo General N° 51 también se dispuso que las vistas, traslados e informes destinados al Ministerio Público de la Defensa, Ministerio Público Pupilar y Fiscalía Civil, serán cumplidos mediante notificación electrónica.

Si bien se hizo pública la posibilidad de poner a disposición la Mesa de Entrada Virtual a partir del 4 de mayo, la Corte de Justicia merituó la necesidad de establecer un periodo de tiempo prudencial en el cual los abogados y los operadores jurídicos pudieran realizar consultas y tener la clave de acceso a la nueva plataforma, como así también resolver los inconvenientes que surgieran en forma previa a que esa herramienta digital entre en vigencia.

Este 29 de abril, mediante el Acuerdo General 52 la Corte de Justicia aprobó la puesta en funcionamiento de la Mesa de Entrada Virtual que funcionará a través de la página web oficial (www.jussanjuan.gov.ar), estableciendo en el acuerdo las etapas de admisibilidad y el cronograma que tendrá la implementación del soporte digital desarrollado por la Dirección de Informática del Poder Judicial.

Las fechas más destacadas en el Acuerdo General 52 son:

-A partir del lunes 4 de mayo los abogados podrán registrarse para utilizar la Mesa de Entrada Virtual, dándose de alta como usuario. Desde ese día estará disponible el instructivo.

-Desde el miércoles 6 de mayo los abogados podrán solicitar Turnos Web mediante la Mesa de Entrada Virtual y así podrán litigar a partir del 11 de mayo, siempre para los procesos y fueros establecidos.

-También a partir del miércoles 6 de mayo los abogados podrán subir los escritos a través de la Mesa de Entrada Virtual, los cuales tendrán validez a partir del 11 de mayo.

La Corte de Justicia precisó que todos los trámites que se hagan a través de esa herramienta digital, serán habilitados a partir del lunes 11 de mayo, fecha en la que se reanuda los plazos procesales en los procesos habilitados específicamente.

Si bien la Mesa de Entrada Virtual será la nueva herramienta con la que funcionará el Poder Judicial de San Juan, la Corte de Justicia precisó que siempre el abogado podrá asistir físicamente y tramitar las medidas excepcionalmente previstas por fuera de ese sistema digital.

Se recuerda que el Acuerdo General 45 fijó que, durante la Feria Judicial Extraordinaria, todos los juzgados, tribunales y organismos deben abocarse al estudio de causas y dictado de resoluciones, distribuyendo el trabajo interno, el que debe ser presentado ante la Presidencia estableciendo los recursos mínimos y necesarios para tal fin (ver documento en web oficial).

También se recuerda que el Acuerdo General 49 regula el funcionamiento del fuero Penal en la Feria Judicial Extraordinaria, especificando que los jueces del fuero Penal ordinario, incluido los juzgados penales de Menores, deberán habilitar la tramitación de causas de personas privadas de la libertad ambulatoria, o en aquellas donde existiera un factor de vulnerabilidad de las víctimas. Los abogados podrán ejercer su función ante cada tribunal presentando escritos exclusivamente por correo electrónico debidamente firmados y en formato digital PDF (ver documento en web oficial).

Y, finalmente, se recuerda que el Acuerdo de Superintendencia N° 31 fija todos los turnos durante la Feria Judicial Extraordinaria.

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Dirección de Comunicación Institucional (DIRCOM)
(Comunicado de Prensa: 103
3 29042020)