El Procedimiento Especial de Flagrancia ha demostrado exitosos resultados en la agilización procesal de las causas, incomparables a nivel nacional.

El 9 de agosto de 2017 se puso en funcionamiento el Procedimiento Especial de Flagrancia, un sistema novedoso que permitió dar un mejor servicio de Justicia, transformándose la Provincia en un ejemplo para país en estos dos años.

La implementación del Procedimiento Especial de Flagrancia implicó un trabajo de los tres poderes del Estado de la Provincia de San Juan y, a dos años, los resultados son exitosos.

Según el relevamiento realizado en cada Poder Judicial de las provincias argentinas por la Dirección de Comunicación Institucional del Poder Judicial de San Juan, sobre el tratamiento de los delitos de flagrancia, se desprende el sobresaliente desempeño del caso sanjuanino (ver mapa).

En varias provincias, y en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el delito flagrante está previsto en el Código Procesal Penal pero, a diferencia de San Juan, se tramita como un proceso común. Esto implica que los tiempos de resolución de la causa se extienden a varios meses, ya que no se prevé una agilización de las etapas procesales.

En cambio, en San Juan y 16 provincias más, se contempla en la normativa la disposición de un procedimiento especial para los delitos de flagrancia, que se traduce en un juicio abreviado y rápido.

En la puesta en práctica, sin embargo, la mayoría de las provincias presentó dificultades operativas en la ejecución. Esto impidió que se pudiera avanzar más allá de la letra del papel. Dentro de las posibilidades de acceso a la información, se pudo establecer que este fue el caso de Chubut, Mendoza, Córdoba y Misiones, entre otros.

En tan solo dos años, San Juan ha logrado una calidad institucional muy relevante en torno al Procedimiento Especial de Flagrancia, gracias a la disposición de magistrados con dedicación exclusiva al procedimiento, una estructura administrativa desarrollada e instalaciones acondicionadas. Este esfuerzo ha permitido acreditar un tiempo récord de 2,52 días en la resolución de causas por delitos de Flagrancia, siendo la mayoría concluidas en la primera audiencia.

Esta velocidad procesal representa un caso único en Argentina. Los valores para Tierra del Fuego oscilan entre los 15 días y los 4 meses, 40 días en Formosa, 100 días en Buenos Aires y llegó a ser de 6 meses en Chubut cuando se intentó aplicar el procedimiento.

Además, en San Juan se juzgan los delitos flagrantes que puedan conllevar una pena de hasta 15 años de prisión, en lugar del límite de los 6 u 8 años que se establece en muchas otras provincias. Esta particularidad, que implica la tramitación de un número mayor de causas anuales, no ha repercutido sobre la agilidad del sistema. En San Juan se realizaron 1000 audiencias en un año, una cifra alta al igual que la de Buenos Aires con 1700 y en Formosa con 1100; pero la comparación de la relación audiencias-tiempo de resolución arrojó resultados superiores para nuestra provincia.

Considerando que la población de Formosa en el año 2015 era de 579.250 habitantes, mientras que San Juan contaba con 738.959, los tiempos comparados de resolución de causas de delitos flagrantes revelan el exitoso desempeño sanjuanino. Ambas provincias tienen dimensiones poblacionales similares y tramitan aproximadamente el mismo número de audiencias al año, pero San Juan finaliza el proceso en menos de 3 días, mientras que Formosa lo hace en más de 3 meses.

En el caso de Buenos Aires, la población es significativamente mayor pero, proporcionalmente, el número de audiencias que se gestionan anualmente no excede en demasía a la cifra sanjuanina. Hay una diferencia importante en cuanto a la duración del proceso, ya que en Buenos Aires transcurren 100 días desde el inicio del procedimiento hasta la resolución, mientras que en San Juan no supera los 3 días.

A nivel sudamericano, el Sistema de Flagrancia de San Juan también es ejemplar. En la Justicia ordinaria de Brasil y Chile, los procesos sobre delitos flagrantes no se gestionan como procedimientos exclusivos y especiales, sino que transitan los mismos tiempos procesales que todas las causas penales, que son considerablemente más extensos. Sin embargo, en Brasil se está analizando la temática para incorporar cambios legislativos, tomando el caso sanjuanino como referencia.

En Perú, sí se contempla la tramitación mediante un proceso inmediato, pero todavía no se ha agilizado la operatividad como para acreditar os tiempos sanjuaninos. En cuanto a Uruguay, la implementación del sistema ha tenido buenos resultados, debido a la creación de Fiscalías especializadas en Flagrancia para diligenciar los procesos abreviados. Sin embargo, los tiempos de resolución tampoco equiparan a los valores sanjuaninos y el porcentaje de casos resueltos es mucho menor.

En fin, el relevamiento nacional confirma la eficacia de la implementación del Procedimiento Especial de Flagrancia en San Juan. Gracias a esta celeridad procesal alcanzada, se ha mejorado la capacidad de respuesta de una parte del sistema penal a los conflictos de los ciudadanos.

 

Dirección de Comunicación Institucional (DIRCOM)

(Comunicado de Prensa: 735 07082019)