Lo dictó el juez Federico Rodríguez al considerar que el accionar imprudente del imputado ocasionó la colisión y combustión del vehículo que manejaba y, por lo tanto, la muerte de su acompañante.

El juez Dr. Federico Rodríguez, titular del Cuarto Juzgado en lo Correccional, dictó el procesamiento sin prisión preventiva y trabó un embargo contra el imputado Mario Alejandro Sánchez por considerarlo responsable del delito de Homicidio Culposo Calificado por la conducción de vehículo con motor en carácter de autor material, cometido en perjuicio de María Angélica Rojas, pareja del acusado.

El hecho tuvo lugar el 15 de junio de 2018, en horas de madrugada, en San Juan. El imputado se encontraba conduciendo un vehículo que perdió el control en Av. Benavídez y Costanera e impactó contra los pilares de contención del Dique San Emiliano, prendiéndose fuego. Angélica Rojas, quien se encontraba en el auto como acompañante, perdió la vida en el lugar del hecho producto de la inhalación de gases tóxicos derivados de la combustión.

A raíz de los elementos probatorios recolectados durante la instrucción de las actuaciones, el Dr. Rodríguez dictaminó que “se advierte que el imputado Mario Alejandro Sánchez realizó maniobras imprudentes y antirreglamentarias cuando conducía el automóvil VW Bora, resultando responsable penalmente del delito que se le atribuye. En tal sentido, cabe señalar que el mismo omitió adoptar los deberes de cuidado a su cargo que la emergencia requería, obrando con imprudencia, constituyéndose de tal manera en principal causante del evento daños”.

Señaló que la imprudencia y conducción sin el pleno dominio del vehículo se transformó en la causa eficiente de un accidente que podría haberse evitado y que trajo aparejadas consecuencias trágicas.

Por esta razón determinó que la conducta del imputado resultaba comisiva del delito de Homicidio Culposo Calificado por la conducción de vehículo con motor (artículo 84 Bis del Código Penal) en carácter de autor material, dictando su procesamiento sin prisión preventiva y disponiendo que se trabe un embargo sobre bienes propios del acusado hasta cubrir la suma de $1.500.000 pesos.

A continuación, la resolución correspondiente:

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(Comunicado de Prensa: 1117 14072020)