El Tribunal de la Sala III condenó a Claudia Antonella Moya por el delito de «homicidio agravado por el vínculo, mediando circunstancias extraordinarias de atenuación (art. 80, inc. 1º, del Código Penal, y último párrafo de la referida norma legal)» en perjuicio de Alfredo Turcumán.
El Tribunal de la Sala Tercera de la Cámara en lo Penal y Correccional, integrada por los jueces Eugenio Roberto Barbera, Maximiliano Blejman y Ernesto Kerman, dieron sus fundamentos de por qué condenaron a Claudia Antonella Moya a la pena de quince años de prisión.
A continuación, el fallo completo:
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