Es a la dirección . Involucra a todo organismo jurisdiccional que intervenga en procesos de alimentos.
La Sala Tercera de Superintendencia integrada por su Presidente, Dr. Guillermo Horacio De Sanctis, y los Ministros Dr. Marcelo Lima y Dr. Juan José Victoria, mediante el Acuerdo de Superintendencia Nº 88/2023, acordó “disponer que todos los organismos jurisdiccionales que intervengan en procesos de alimentos deberán remitir mediante oficio, a la casilla de correo electrónico , del Registro de Deudores Alimentarios Morosos, todos los datos exigidos por la Ley Provincial 7072, y en un todo conforme a lo oportunamente establecido por Acuerdo General N° 2/2001, el cual mantiene su plena vigencia».
Dirección de Comunicación Institucional del Poder Judicial de San Juan (DIRCOM)
(Comunicado de Prensa: 2315 21092023)