Lo decidió la Corte de Justicia, a través del Acuerdo General Nº 27/2025.
La Corte de Justicia, presidida por la Dra. Adriana García Nieto, con los Ministros Dr. Daniel Olivares Yapur, Dr. Juan José Victoria, Dr. Guillermo Horacio De Sanctis y Dr. Marcelo Jorge Lima, dictó el Acuerdo General N° 27/2025 y acordó “disponer, a partir del 1 de junio de 2025, el alcance del sistema de Mediación Judicial Previa Obligatoria en materia de Familia y Laboral a la Segunda Circunscripción Judicial de San Juan y al resto del territorio provincial, con los efectos inherentes a la competencia de los Juzgados de Paz Letrados Departamentales”.
También dispuso “encomendar a la Secretaría Administrativa, con la asistencia del Centro Judicial de Mediación y las dependencias administrativas necesarias, instrumente todo lo conducente a los efectos de implementar la logística y organización pertinente para la ejecución de lo resuelto en el presente”.
Toda la información referida a la Mediación Judicial Previa Obligatoria se encuentra disponible en el micrositio de la Página Institucional del Poder Judicial de San Juan. Link: https://www.jussanjuan.gov.ar/mediacion/
En sus fundamentos, la Corte dijo que “la Mediación Judicial Previa Obligatoria, instituida por LP N° 1990-P, constituye uno de los ejes estratégicos que integran la política institucional de la Corte de Justicia para la mejora del sistema en la provincia (…). Es una herramienta alternativa que resulta eficaz para anticipar conflictos judiciables, en la inteligencia que este abordaje temprano favorece a la pacificación social, a la vez que reduce la litigiosidad, con sus implicancias en costos y recursos de toda naturaleza”.
Dirección de Comunicación Institucional del Poder Judicial de San Juan (DIRCOM)
(Comunicado de Prensa: 2786 30052025)