Se trata de dos Convocatorias Públicas Adoptivas realizadas por el Primer y el Tercer Juzgado de Familia.

El Primer Juzgado de Familia, a cargo de la Sra. Jueza Dra. Marianela López, y el Tercer Juzgado de Familia, a cargo del Sr. Juez Dr. Esteban de la Torre, a través de la Oficina Judicial de Familia, iniciaron dos Convocatorias Públicas Adoptivas para residentes en San Juan que deseen adoptar dos niñas, de 12 y 13 años, respectivamente, quienes no mantienen entre sí ningún tipo de vínculo. Los adoptantes pueden ser familias, parejas o una persona individual.

En el caso de la menor de 12 años a disposición del Primer Juzgado de Familia, se informa que las características de la personalidad que informa el juzgado en Autos Nº 77.140, respecto del comportamiento de la menor se destaca es sociable, extrovertida, cariñosa, coqueta, simpática, sensible y de humor cambiante. Le apasiona el Patinaje Artístico. En el plano afectivo, alcanzó logros positivos, crecimiento emocional y se destaca por su sensibilidad para con otras personas. Actualmente se encuentra en tratamiento psicológico y psiquiátrico debido a su estado emocional.

En el caso de la menor de 13 años a disposición del Tercer Juzgado de Familia, se informa que su característica de personalidad es cariñosa y empática; practica patinaje y fútbol; su nivel de escolaridad es Educación Especial; afectivamente ha mostrado estabilidad; socialmente presenta una actitud positiva respecto de sus pares. Actualmente se encuentra en tratamiento psicológico y psiquiátrico.

Las personas interesadas en ambos casos pueden acercarse al Registro Único de Adopción (calle Entre Ríos 416 sur) de lunes a viernes de 8 h a 10 h, o realizar su consulta llamando al número telefónico 4273940 o vía mail a través del correo electrónico registroadopció

La difusión de la Convocatoria Pública Adoptiva se hace una vez agotado los medios disponibles por los órganos jurisdiccionales. La Ley Nº 26.061 de Protección Integral de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, requiere dar detalles del o la menor en adopción. Los jueces de Familia priorizan en estas situaciones el “Interés Superior del Niño, Niña y Adolescente”, previsto en la Convención Internacional, en su artículo 3.

 

Dirección de Comunicación Institucional del Poder Judicial de San Juan (DIRCOM)
(Comunicado de Prensa: 1910 15062022)