Cada Agrupación Política o Lista Interna podrá disponer de hasta dos (2) Fiscales Generales por cada establecimiento escolar.

El Tribunal Electoral Provincial dispuso que cada Agrupación Política o Lista Interna que participe de las elecciones Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (P.A.S.O.), a realizarse el próximo domingo 31 de marzo, podrá designar hasta dos (2) Fiscales Generales por cada establecimiento escolar.

Además, el Tribunal Electoral recuerda que los Fiscales Generales y Fiscales de Mesa solo podrán votar en las mesas donde se encuentren empadronados, no pudiendo, por causa alguna, ser agregados a otro padrón.

Se recuerda que la designación del Fiscal General debe ser comunicada al Tribunal Electoral como mínimo 10 días antes del acto eleccionario.