TRANSFORMACION

PASO 1:

Seleccionar en la plataforma MEV “Presentar escritos”, a continuación seleccionar:

– Fuero: “OTROS ORGANISMOS

– Juzgado/ Organismo: “Reg. Público de Comercio”

Número de autos: colocar el número de trámite asignado. En caso de tratarse de la primera presentación colocar “1111”

Caratula: Colocar solo la denominación social completa, indicando el tipo societario

– Tipo de trámite: Seleccionar “Transformación

Adjuntar en formato PDF:

1- Escrito, de solicitud de inscripción de la transformación, suscripto por el representante social con patrocinio letrado o apoderado, y sellado judicial y forense correspondiente (79 U.T. y 4 U.F.), siendo válido el pago del mismo por medios electrónicos (http://www.fasj.org.ar/wp/compra-de-sellados/).

En el escrito deberá denunciar un correo electrónico de contacto.

2- Balance especial, cerrado a una fecha que no exceda de un (1) mes a la del acuerdo de transformación, dictaminado por Contador Público con firma legalizada por el CPCESJ.

3Constancia de CUIT de la sociedad y de los de los miembros (Titulares y Suplentes) del órgano de administración y representación.

4- Declaración jurada sobre la condición de persona no expuesta políticamente, conforme Resol. 11/2011 UIF.

5- Otra documentación a adjuntar:

A) Supuesto de Transformación de SRL a SAS ó viceversa:

  • Acta social en la que conste el acuerdo de transformación y aprueba el balance especial de transformación, la que deberá incluir la mención expresa de los socios recedentes y capitales que representan o en su defecto la manifestación de no haberse ejercido derecho de receso (art. 78 Ley 19.550).

  • El contrato social o instrumento constitutivo, conforme al nuevo tipo social adoptado, en el que debe constar el nexo de continuidad jurídica entre la razón o denominación social anterior a la transformación y la resultante de ésta, de modo que resulte indubitable que se trata de la misma sociedad (en la cláusula correspondiente a la denominación social debe agregarse la frase “continuadora de“, en virtud de que no obstante su transformación, se trata de una misma persona jurídica.

  • En el instrumento mencionado en el punto anterior debe constar el pago correspondiente a Impuesto de Sellos provincial (aforo ante DGR).

    B) Supuesto de Transformación de SA a otro tipo societario:

    El trámite debe comenzarse por la IGPJ de San Juan

  • Expediente administrativo con resolución de conformidad emanada por el Inspector de I.G.P.J. San Juan, que deberá contener:

  • Acta de Directorio convocando a Asamblea Extraordinaria.

  • Acta de asamblea en la que conste el acuerdo de transformación y se apruebe el balance especial de transformación, la que deberá incluir la mención expresa de los socios recedentes y capitales que representan o en su defecto la manifestación de no haberse ejercido derecho de receso (art. 78 Ley 19.550).

  • Planilla de Asistencia a dicha Asamblea Extraordinaria.

  • El Contrato o Instrumento del nuevo tipo social adoptado, en el que debe constar el nexo de continuidad jurídica entre la razón o denominación social anterior a la transformación y la resultante de ésta, de modo que resulte indubitable que se trata de la misma sociedad. También debe contener los nombres y demás datos personales previstos en el artículo 11, inciso 1º de la Ley Nº 19.550 de los socios que continúen en la sociedad, los que se incorporen y los miembros de los órganos de administración y fiscalización –de corresponder-, del tipo adoptado.

  • Constancia del pago respectivo del impuesto de sellos ante la D.G.R. (aforo)

    c) Supuesto de Transformación de cualquier tipo societario a SA

    El trámite debe comenzarse por la IGPJ de San Juan

  • Expediente administrativo con resolución de conformidad ante el Inspector de I.G.P.J.

  • Primer testimonio de escritura pública en la que se deberá transcribir el Acta social en la que conste el acuerdo de transformación y aprueba el balance especial de transformación, con mención expresa de los socios recedentes y capitales que representan o en su defecto la manifestación de no haberse ejercido derecho de receso (art. 78 Ley 19.550) y estatuto social explicando el nexo de continuidad jurídica entre la razón o denominación social anterior a la transformación y la resultante de ésta, de modo que resulte indubitable que se trata de la misma sociedad. También debe contener los nombres y demás datos personales previstos en el artículo 11, inciso 1º de la Ley Nº 19.550 de los socios que continúen en la sociedad, los que se incorporen y los miembros de los órganos de administración y fiscalización –de corresponder- del tipo adoptado.

  • Constancia del pago respectivo del impuesto de sellos ante la D.G.R. (aforo)

  • NOTA: En el supuesto especial de sociedad titular de bien/es registrable/s, y a fin de la debida inscripción del bien, deberá presentar Inventario de bienes emitido por contador público e intervenido por el CPCE, Informe de dominio del bien y certificado en el que conste que la sociedad no se encuentra inhibida para disponer de sus bienes.

PASO 2:

Subir mediante la plataforma MEV el proyecto de Edicto a publicar conforme art. 10 de L.G.S.

El mismo deberá contener:

a) Fecha de la resolución social que aprobó la transformación;

b) Fecha del instrumento de transformación;

c) La razón social o denominación social anterior y la adoptada debiendo de ésta resultar indubitable el nexo de continuidad entre la sociedad que se transforma y la nueva;

d) Los socios que se retiran o incorporan y el capital que representan;

e) Cuando la transformación implique modificación en los datos a que se refiere el artículo 10 LGS apartado a), puntos 4 a 10, la publicación deberá mencionarlos;

PASO 3

Una vez suscripto el edicto, recibirá notificación electrónica correspondiente, debiendo considerarse el modelo publicado en el sistema Lex Doctor como definitivo para su publicación.

Deberá presentarse a retirar el edicto firmado en soporte papel por Mesa de entradas, de lunes a viernes en horario de 7 a 13 hs. sin turno previo, acompañando documentación en soporte papel (original o una copia certificada, notarialmente o por actuario, de la documentación objeto de inscripción subida previamente mediante plataoforma MEV) y acreditar Sellado judicial y forense en caso de no haberlo enviado con anterioridad.

PASO 4

Una vez publicado el edicto, deberá descargarlo de la página web del Boletín Oficial de San Juan https://boletinoficial.sanjuan.gob.ar/#/ y subirlo a la MEV. O bien enviar escrito condetale de la fecha de publicación y página correspondiente.

Paso 5

Libros sociales: Presentar los libros sociales rubricados, a efectos de dejar constancia de la inscripción de la transformación (sellado 54 UT por cada uno).

PASO 6

Una vez finalizado el trámite, recibirá la notificación electrónica con el link para descargar la constancia digital correspondiente.

  • Debe hacer click en el boton “Descargar” o “Download”, según su navegador.

  • La constancia en formato PDF y con firma digital se descarga a su computadora, no intente validar la firma, modificar el contenido, ni cambiarle el nombre al archivo.

    En caso de presentar inconvenientes en la descarga puede comunicarse al teléfono 0264-4277645.