Entra en vigencia desde el 1 de abril de 2024 según rige por la Ley 2628-O.
A partir del 1 de abril de 2024 entra en vigencia en San Juan el nuevo procedimiento de Oralidad para el Recurso de Apelación para los procesos de competencia Civil, Laboral, Comercial, Familia y Contencioso Administrativo, con excepción de los que tramitan ante la Justicia de Paz Letrada, debido a la entrada en vigencia de la Ley 2628-O, elaborada por Iniciativa Legislativa de la Corte de Justicia.
Se recuerda que el 13 y 14 de marzo de 2024, la Corte de Justicia, a través de la Escuela Judicial, junto al Colegio de Magistrados y el Foro de Abogados, realizó una capacitación a la abogacía en este sistema que permitirá a la Justicia sanjuanina brindar el servicio con mayor agilidad y economía procesal.
Así mismo, se encuentra disponible el Formulario del Recurso de Apelación que aprobó la Corte de Justicia a través del Acuerdo General Nº 24/2024.
La Oralidad en Segunda Instancia funciona desde enero de 2020, a partir de la sanción de la Ley 1992-O, aunque con un procedimiento oral más limitado. A partir de la puesta en vigencia en la Segunda Instancia, se profundiza el Sistema de Oralidad dando mayor celeridad, transparencia en el proceso y brindando un proceso más accesible para las partes.
Por otra parte, la Corte de Justicia reglamentó el procedimiento del Recurso de Queja vinculado a la gestión judicial digital (expediente electrónico), a través del Acuerdo General Nº 25/2024.
Adjuntamos Ley 2628-O