Resolvió un recurso de amparo a favor de lo solicitado por un grupo de concejales, hasta que las autoridades municipales completen el permiso ambiental.

El juez Luis Arancibia, del Tercer Juzgado Civil, resolvió ordenar inmediatamente a la Municipalidad de la Ciudad de San Juan, el cese la tala de 40 árboles existentes en las peatonales Rivadavia y Tucumán, hasta tanto cumpla con el procedimiento dispuesto por las Leyes de Arbolado público y obtenga la autorización correspondiente de las autoridades ambientales provinciales.
Los amparistas (los ediles Juan Sansó, Gabriel D´Amico, Federico Sansó y Eugenia del Valle Raverta) plantearon en una medida cautelar que la actuación de la Municipalidad de San Juan resulta ilegítima y arbitraria porque no ha seguido el procedimiento impuesto por la ley de Protección de Arbolado Público.
Tampoco se ha cumplido con la ley 6.571 llamada Ley de Evaluación de Impacto Ambiental, que sostiene que cuando la tala supera las 10 forestaciones se debe solicitar la Declaración de Impacto Ambiental que otorga la Secretaria de Medio Ambiente.
Como se talaron más de 10 ejemplares y no había un plan ambiental aprobado por las autoridades municipales, el juez Arancibia ordenó el cese de esa actividad.
Es importante señalar que la primera cautelar que se presentó fue resuelta favorablemente para el Municipio, y el juez no hizo lugar a los demandantes por dos razones: primero, no acreditaron que el municipio no hubiese seguido el trámite de los permisos para la tala y, segundo, porque el magistrado contempló a prima facie, lo que estipula la normativa legal vigente, es decir, la presunción de legitimidad por la naturaleza de la institución demandada, en este caso la Municipalidad de San Juan.

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